Con el proyecto de reforma tributaria se busca limitar y derogar algunas normas que desalientan la inversión en las Esal.
El articulado se contradice cuando quita beneficios a los contribuyentes por sus donaciones y sus objetivos de mejorar la sociedad.
Las Esal podrían seguir desapareciendo.
Para Juan Guillermo Pérez, al proyecto de reforma tributaria le faltan criterios de tributación para lograr un equilibro social.
Desde su punto de vista, los impuestos a las pensiones y a los dividendos sobran en el proyecto.
Las iglesias deberían hacer algún tipo de contribución al fisco.
Entre las obligaciones contables de las Esal se cuenta la de llevar contabilidad y, en la mayoría de los casos, tener un revisor fiscal.
En este artículo explicamos en qué consiste el método del diferido y de contabilidad de fondos para el registro y control de las contribuciones recibidas.
En la presentación de los estados financieros de las Esal deben tenerse en cuenta las características propias de la entidad, cuyo fin, en todo caso, es diferente al de generar una utilidad objeto de distribución.
Presentamos aspectos que deben considerarse en este proceso.
A más tardar el 28 de febrero de 2022, deberá presentarse la declaración del impuesto de normalización tributaria por parte de aquellos contribuyentes que posean activos omitidos o pasivos inexistentes al 1 de enero de 2022, siempre y cuando hayan cumplido con el pago del respectivo anticipo.
El CTCP indica en el Concepto 0702 de 2021 dos opciones en las que debe realizarse la clasificación de los gastos reconocidos en el resultado para las Esal: por naturaleza o por función.
Debe elegirse la opción que presente la información de forma más fiable y relevante.
Más detalles aquí.
Dian expide el Oficio 246 de 2021, mediante el cual adiciona el título 4 al Concepto General Unificado 481 de abril 27 de 2018, relacionado con las entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al régimen tributario especial, pronunciándose sobre la aplicación del concepto de egreso no procedente al momento de determinar el beneficio neto o excedente fiscal.
Según el Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP–, no hay una norma expresa que establezca la obligación de tener revisor fiscal en entidades sin ánimo de lucro.
En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios resuelve inquietudes relacionadas con la aplicación del régimen tributario especial, el cual permite pagar con una tarifa especial el impuesto de renta en el formulario 110.
Emprendimientos contarán con plan de transición para el ejecutivo principal y su equipo gerencial.
Empresas familiares deben tener un plan de transición generacional para mitigar riesgos, si hay cambios en su equipo gerencial.
Esal adoptarían mecanismos para incentivar participación de asociados.
Las entidades sin ánimo de lucro –Esal– cobran cada vez más protagonismo en la economía mundial.
Su amplio espectro de actividades y su multiplicidad de sectores y orígenes las hacen progresivamente más importantes en la sociedad, por lo que deben tener claro la manera correcta de reportar su información financiera.
Mediante los decretos 417 y 637 de 2020, el Gobierno declaró dos estados de emergencia económica como consecuencia de la crisis generada por la propagación del COVID-19.
La Corte ha evaluado las medidas tributarias adoptadas, dando a conocer las decisiones tomadas frente a los decretos expedidos.