Según el Concepto 68 de 2017 quienes presten servicios públicos domiciliarios podrán cobrar un cargo por concepto de reconexión y reinstalación para la recuperación de los costos en que incurran.
La Cámara de Representantes aprobó un proyecto de ley que elimina el cobro por reconexión y reinstalación de servicios públicos en viviendas de los estratos 1, 2 y 3. La iniciativa pasará a sanción presidencial.
Las tarifas de conexión por reconexión cuando se presenta suspensión de servicios como alcantarillado, gas, teléfono y energía, están reguladas por la Superintendencia de Servicios Públicos. Los valores no pueden ser arbitrarios porque están regulados por la ley.
Se me pasó el pago del recibo de gas del mes anterior y la empresa de gas me cobra el costo de reconexión por suspensión la suma de $36.775. Quisiera saber si existe alguna norma que permita ese cobro o lo están haciendo abusivamente.
El hecho de quedarse atrasado en el pago de servicios públicos conlleva al pago de intereses de mora, pero nunca otros conceptos si no se causaron efectivamente, como el corte, suspensión y por ende la reinstalación. Aquí presentamos las tarifas por cada concepto.
Actualmente la empresa de servicios públicos de Barranquilla, (Triple A), cuando suspende el servicio de agua, además de la reconexión, realiza un cobro que detalla como «Susp Acum», ¿es legalmente permitido? ¿A qué se refiere este cobro?
Una nueva modalidad para que muchas personas puedan adquirir electrodomésticos, seguros de vida, etc., a crédito, es a través del pago de las cuotas en las facturas de servicios públicos. Si bien es buen negocio, tenga en cuenta varios aspectos.
Aunque la acumulación de moras en el pago de Servicios Públicos acarrea su obvia suspensión, los cargos por reconexión no pueden ser cobrados a menos que haya sido efectiva y real dicha suspensión. En estos casos, no es procedente que la empresa prestadora de Servicios Públicos cargue dicho valor a nuestra factura.