Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: tasa de usura 31.04%

Resolución 1890 de 28-12-2017

Finanzas, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 28 diciembre, 2017

A través de la Resolución 1890 del 28 de diciembre de 2017, la Superintendencia Financiera fijó en 20,69 % efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, siendo la tasa de usura para el mismo de 31,04 %; dicha tasa regirá para el período comprendido entre el 1 y el 31 de enero de 2018. De igual manera, fijó en 36,78 % efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de microcrédito, siendo la tasa de usura para el mismo periodo de 55,17 %; dicha tasa regirá para el período comprendido entre el 1 enero y el 31 de marzo de 2018. Para efectos tributarios, es importante tener en cuenta que el artículo 635 del ET señala que el interés moratorio se liquidará diariamente a la tasa de interés diario que sea equivalente a la tasa de usura vigente determinada por la Superintendencia Financiera de Colombia para las modalidades de crédito de consumo, menos dos (2) puntos; en consecuencia, la tasa de interés de mora para deudas tributarias durante el mes de diciembre de 2017 es de 29,04 %.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,