Actualícese.com
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Retención en la fuente a autorretenedor que no anuncia su condición


Responde conferencista: Diego Guevara

Una empresa SAS ESP presta un servicio de alquiler, pero en su factura no especifica que sea autorretenedora. ¿Se le debe practicar retención en la fuente?

Pregunta resuelta 10 de junio de 2021

El Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, analiza si una empresa SAS ESP que presta un servicio de alquiler a un autorretenedor que no anuncia su condición deberá practicarle retención, según lo indicado en el artículo 211 del Estatuto Tributario –ET– y el numeral 3 del artículo 235-2 del ET.

No olvides que en nuestro análisis Retención en la fuente: ¿qué es y cómo se aplica? te contamos todo lo que necesitas saber para la efectiva elaboración del formulario 350; además, en nuestro Calendario tributario 2021 podrás confirmar las fechas establecidas para el cumplimiento de tus obligaciones tributarias.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,