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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento fiscal de los pagos de estudio a los trabajadores en la declaración de renta


Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta 

¿Qué beneficios tributarios tienen las empresas que contribuyen con el pago de estudios de los trabajadores? ¿Dichos valores forman un ingreso tributario para el trabajador? 

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios aclara que tanto las personas naturales como las personas jurídicas pueden disminuir su impuesto de renta a través de la aplicación de ciertos gastos deducibles que cumplen con los principios de causalidad, necesidad y proporcionalidad.

Es de anotar que a partir de 2019, y de acuerdo con el artículo 107-2 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 77 de la Ley 1943 de 2018, los pagos en que incurran las empresas para pagar estudios de educación del trabajador pueden tomarse como deducibles en la declaración de renta del empleador y, a su vez, se puede observar que esta suma no representará un ingreso fiscal para el trabajador.

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