Responde conferencista: Angie Marcela Vargas
¿Qué pasa cuando la ARL niega el pago de la incapacidad por estar asociada a un evento de tipo común y la empresa estaba pagando el 100 % del salario?
Preguntas resueltas 02 de septiembre de 2022.
En este video, la Dra. Angie Marcela Vargas, especialista en temas laborales y en seguridad y salud en el trabajo, indica que cuando un trabajador sufre un accidente o una enfermedad se debe identificar cuál es el riesgo o por qué se originó dicho accidente o enfermedad; es decir, si estos fueron en razón o en ocasión del trabajo (si fue de origen laboral o, por el contrario, el trabajo no tuvo relación con dicho suceso). Lo anterior se debe hacer, pues, de acuerdo con ello, se determina a quién le corresponde cubrir las acreencias derivadas y sobre qué valor se va a asumir el pago de la incapacidad.
Cuando se trata de una enfermedad de origen laboral, la incapacidad debe ser pagada por la ARL sobre el 100 % del salario del trabajador; situación distinta cuando se trata de enfermedades de origen común, dado que la determinación de la responsabilidad del pago de la incapacidad dependerá de la duración de la misma y, en todo caso, no se paga sobre el 100 % del salario del trabajador.
De acuerdo con el interrogante planteado, la conferencista explica que en primera instancia al trabajador no se le puede suspender el pago de su auxilio de incapacidad; de tal manera que en caso de que el caso sea rechazado por la ALR, el empleador tendrá como última alternativa consensuar con el trabajador el retorno del porcentaje adicional que fue pagado.