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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Bajo NIIF para pymes, ¿qué se entiende por inversión suplementaria al capital asignado?


Bajo NIIF para pymes, ¿qué se entiende por inversión suplementaria al capital asignado?

La sucursal de una entidad extranjera no tiene personería jurídica diferente. Una sucursal es la extensión del negocio principal en un país determinado. Los aportes girados a la sucursal se reconocerán como patrimonio separado, en una cuenta llamada Inversión Suplementaria.

Brevemente respondamos la siguiente inquietud. ¿Cómo debe ser el manejo de la cuenta de inversión suplementaria al capital asignado de una pyme, bajo NIIF para pymes?

Primero hay que aclarar qué se entiende por inversión suplementaria al capital asignado. Cuando en Colombia se establece una sucursal de una entidad extranjera, esta no tiene una personería jurídica diferente. No se trata de una entidad diferente de la que está haciendo la inversión. Una sucursal es una extensión del negocio principal en un país determinado, simplemente que la sucursal no es una entidad independiente.

En Colombia, cuando se instala una sucursal de una entidad extranjera se debe registrar el capital asignado a esa sucursal. Si por ejemplo soy un inversionista que estoy en Francia, envío 500 millones de pesos y los registro como capital asignado de la sucursal, empiezo a operar en Colombia, a comprar y vender, pero esa sucursal es una extensión de la entidad que está en Francia.

Si la sucursal en Colombia necesita dinero y yo estoy en Francia se lo puedo enviar. Ese dinero que envío, de forma adicional, se conoce como recursos disponibles, y se establece que la entidad debe reconocer disponibilidades de capital en forma de divisas, bienes o servicios que permanezcan ahí para la sucursal; es decir, se trata de inversiones adicionales al capital asignado que se había asignado primero.

¿Por qué se identifica por separado? Porque este capital no tiene que ser registrado en la Cámara de Comercio, sino el capital inicial asignado. Los recursos que son enviados por la matriz o la principal están en el patrimonio como recursos disponibles para la sucursal.

Estos recursos no se deben reconocer como pasivos porque la sucursal no es una entidad diferente de la principal. La sucursal no puede decir que tiene una deuda con ella misma. Los recursos que recibe del extranjero los reconocerá como parte de su patrimonio, incluso los llamados inversión suplementaria al capital asignado.

La sucursal puede reconocer ventas y compras con su principal, al igual que reconocer los efectos cambiarios que esto tiene, pero realmente al ser una extensión de la principal no podrá decir que los recursos adicionales se traten de un préstamo, sino que son un capital suplementario.

En conclusión, el aporte inicial llamado capital asignado irá al patrimonio de la sucursal, y cualquier recurso adicional que la principal gire a la sucursal se reconocerá en el patrimonio separado, en una cuenta llamada Inversión Suplementaria. Este tratamiento seguirá igual a como se está llevando en la normatividad local hasta el momento.

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