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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Equivocaciones de la reforma tributaria (I): sistema de cedulación para la renta de personas naturales


Equivocaciones de la reforma tributaria (I): sistema de cedulación para la renta de personas naturales

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿A quiénes aplicará el “sistema cedular” contemplado en las nuevas versiones de los artículos 329 a 343 del ET (que componen el título V del libro I del ET), modificados con el artículo 1 de la Ley 1819 de 2016?
  • ¿Existe un serio problema en el texto del artículo 339 del ET y la forma en que se depurará la renta de la cédula por “rentas de capital”?
  • ¿Existe un serio problema en el texto del artículo 341 del ET y la forma en que se depurará la renta de la cédula por “rentas no laborales”?
  • ¿Qué tan complejo será dividir en “cédulas” la renta ordinaria de las personas naturales residentes? ¿Cómo se utilizarían las nuevas tablas del artículo 241 y 242 del ET?

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