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Actualizado: 10 abril, 2024 (hace 9 meses)

Aquí encontrarás el formulario 260 y los anexos más importantes que te ayudarán a elaborar y soportar la declaración de las personas naturales inscritas en el régimen simple que no estaban obligadas a llevar contabilidad por el año gravable 2023.

Esta plantilla fue diseñada por Diego Guevara.

Tenga en cuenta que…
La herramienta ha sido elaborada bajo los lineamientos establecidos en la Resolución 000061 de abril 8 de 2024, la cual prescribe el Formulario 260 “Declaración anual consolidada” del régimen simple de tributación correspondiente al año gravable 2023.

En el presente archivo se incluyen, en versión de Excel, el formulario 260 (con sus hojas 1, 2 y 3) para la elaboración del borrador de la Declaración anual consolidada del régimen simple año gravable 2023, la cual vencerá entre el 15 y 19 de abril de 2024 (ver el artículo 1.6.1.13.2.50 del DUT 1625 de 2016, luego de ser sustituido con el Decreto 2229 de diciembre 22 de 2023).

Dicho formulario fue expuesto por la Dian mediante la Resolución 000061 de abril 8 de 2024, tomando en cuenta los efectos de la Sentencia de la Corte Constitucional C-540 de diciembre 5 de 2023, entre ellos, el más importante se introdujo al artículo 908 del ET, provocando que a diciembre 31 de 2023 el impuesto solo se deba calcular con alguna de las 5 tablas que quedaron vigentes dentro de dicho artículo (ver el Concepto Dian 154 de marzo 5 de 2024).

Por tanto, el anterior formulario del año gravable 2023 que se había prescrito con la Resolución 008737 de octubre 18 de 2023 (es decir, una resolución que se había expedido antes de la fecha en que la Corte Constitucional produjo la ya mencionada sentencia), y en el cual se tenían espacios para liquidar el impuesto simple con hasta 6 tablas diferentes, solo quedará sirviendo para aquellas personas jurídicas o naturales que estaban operando en el régimen simple durante el año gravable 2023 y que se liquidaron antes de diciembre 5 de 2023, pues a ellas no les afectaba la sentencia de la Corte.

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Conoce más en nuestra respuesta: Corte Constitucional declaró inexequibles normas sobre el régimen simple de tributación:

Formulario 260 AG 2023 – declaración anual del régimen simple (personas naturales que no llevan contabilidad)

Aquí encontrarás el formulario 260 y los anexos más importantes que te ayudarán a elaborar y soportar la declaración de las personas naturales inscritas en el régimen simple que no estaban obligadas a llevar contabilidad por el año gravable 2023:

  • Presentación del formato.
  • Formulario 260 con cada una de sus páginas 1, 2 y 3.
  • Detalle de los renglones que conforman el formulario 260.
  • Cálculo del impuesto simple.
  • Anexos para las acciones, bienes raíces y vehículos.
  • Material relacionado y normatividad.

NOTA:
Aunque el formulario 260 diseñado por la Dian debe ser utilizado por todos los contribuyentes que figuraban inscritos en el régimen simple a diciembre 31 de 2023 (sin importar si eran personas jurídicas o naturales, o si estaban o no obligadas a llevar contabilidad), en los anexos que se elaboraron dentro del presente archivo solo se hicieron adaptaciones aplicables a las personas naturales inscritas en el SIMPLE que no estaban obligadas a llevar contabilidad.

TAMBIÉN LEE:   ¿Es obligatorio informar el género del contribuyente en las declaraciones tributarias?

Por tanto, para examinar cómo sería el diligenciamiento del formulario 260 por parte de una persona jurídica o natural obligada a llevar contabilidad,se recomienda examinar otro archivo de Excel adaptado a ese caso particular, el cual se encuentra en el siguiente enlace: Formulario 260 para declaración anual régimen simple año gravable 2023 (adaptado a personas naturales y jurídicas obligadas a llevar contabilidad).

Información importante para tener en cuenta

En relación con el SIMPLE, es importante destacar que el 20 de octubre de 2020, cuando se debía presentar por primera vez el formulario 260 con la declaración del año gravable 2019, la Dian publicó en su canal de YouTube 4 videos en los que explicaba la estructura del formulario AG 2019 y el diligenciamiento del mismo en la plataforma Muisca, los cuales pueden seguir siendo útiles en algunos aspectos para la elaboración del formulario 260 del año gravable 2023. Tales videos son:

En todo caso, para conocer si la Dian publica nuevos videos instructivos aplicables al año gravable 2023, se pueden visitar los siguientes enlaces:

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