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Contribuyentes que figuran como autorretenedores a título de renta en el nuevo formulario 350 


Actualizado: 20 junio, 2024 (hace 5 meses)

¿Cuáles personas naturales pueden figurar como autorretenedoras tradicionales a título de renta, y en cuales renglones del nuevo formulario 350 (prescrito con la Resolución DIAN 031 de febrero de 2024) se reportarían?

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En el nuevo formulario 350, se detalla quiénes pueden actuar como autorretenedores a título de renta, especificando las diferencias entre la autorretención tradicional y la especial.

Aspectos destacados

  • Las personas naturales pueden actuar como autorretenedoras tradicionales a título de renta, siguiendo la resolución 0577 de agosto de 2019.
  • Para ser autorretenedor, se debe ser residente en el país o tener domicilio en él, cumpliendo ciertos requisitos y solicitando la autorización correspondiente.
  • En el formulario 350, se deben utilizar las casillas del 113 al 128 para informar el tipo de autorretención practicada según el concepto de ingreso.
  • Es importante revisar el normograma de la DIAN para mantenerse al día con las normas tributarias actualizadas.
  • Solo las personas jurídicas realizan la autorretención especial, mientras que las personas naturales pueden realizar la autorretención tradicional.

Diego Guevara, especialista en Impuestos y líder de investigación tributaria de Actualícese, explica este tema en el consultorio tributario “Particularidades del nuevo formulario 350 de retención en la fuente″.

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Todo lo relacionado sobre caso práctico sobre el nuevo formulario 350 para retenciones y autorretenciones en la fuente fue expedido por la Dian, lo encuentras en el análisis:

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