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La temporada de declaraciones de renta siempre llega con dudas, confusiones y, en muchos casos, errores que pueden resultar costosos para los contribuyentes.
En este análisis, desde la perspectiva del Dr. Ronald Duarte Beltrán, abordamos los errores más frecuentes al presentar la declaración de renta y brindamos tips para evitar sanciones y pagar solo lo justo.
A pesar de los avances tecnológicos y las herramientas que ofrece la Dian para la temporada de declaración de renta para personas naturales correspondiente al año gravable 2024 que se presenta en 2025, siguen siendo comunes los errores que generan sanciones, requerimientos y, en algunos casos, hasta investigaciones por evasión. A continuación, te explico los errores más frecuentes cometidos por los contribuyentes y te comparto una serie de recomendaciones prácticas para cumplir con tu obligación tributaria de forma clara, responsable y sin sobresaltos.
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1. No revisar los requisitos para declarar: el primer gran error es no conocer los cinco requisitos que obligan a una persona natural a declarar renta, los cuales aplican si se cumple al menos uno:
Muchos contribuyentes no saben que el análisis debe hacerse con sumas consolidadas de todas sus cuentas bancarias, incluso las digitales (Daviplata, Nequi, giros internacionales, etc.), lo cual genera errores en los topes.
2. Confundir patrimonio neto con patrimonio bruto: un error técnico frecuente es reportar el valor del patrimonio restando los pasivos (créditos), cuando lo que se debe declarar es el valor bruto del activo; por ejemplo, el valor total del apartamento comprado, sin restar la deuda bancaria. Esta confusión puede hacer que una persona que sí está obligada a declarar no lo haga.
3. No reportar ingresos por arriendos, ventas en línea o plataformas: omitir ingresos por arrendamientos, ventas de productos importados o actividades como Uber, Didi o Airbnb es una práctica riesgosa, puesto que la Dian ya recibe información de múltiples fuentes, incluyendo plataformas digitales y empresas que procesan pagos. No declarar estos ingresos puede derivar en requerimientos por inconsistencias patrimoniales.
4. Uso indebido del descuento por dependientes: el 10 % por dependientes económicos es un beneficio válido, pero no puede ser utilizado por más de una persona para el mismo dependiente. La Dian exige informar el número de cédula del dependiente, lo que facilita el cruce automático de información y puede generar alertas de inconsistencias.
Para veracidad de lo anterior, véase el Concepto Dian 003966, int. 416, de 2023, sección II, interrogante 3: “Tendrán la calidad de dependientes para efectos de lo consultado ha de entenderse lo señalado en el parágrafo 2 del artículo 387 del ET” y la sección II, interrogante 4: “La deducción de la base de retención en la fuente por concepto de dependientes, no podrá ser solicitado por más de un contribuyente en relación con un mismo dependiente”.
5. Alterar cifras en deducciones, rentas exentas o costos: muchos contribuyentes intentan alcanzar el 40 % máximo de deducciones inventando cifras en rentas exentas o en costos, especialmente quienes no tienen cómo soportarlos. La Dian tiene un sistema cada vez más preciso que cruza información con terceros, por lo cual estas prácticas aumentan el riesgo de fiscalización.
6. No hacer la comparación patrimonial: el crecimiento patrimonial debe coincidir con los ingresos reportados. Si año tras año se declara un aumento de activos sin justificar ingresos suficientes, la diferencia se convierte en un ingreso gravado. Este es uno de los indicadores que más utiliza la Dian para detectar evasión.
1. Reúne con anticipación todos los documentos soporte: solicita certificados de ingresos, pagos, aportes, retenciones, extractos y demás soportes desde mayo. Las entidades ya deben haber reportado su información a la Dian.
2. Consulta y revisa la información exógena: la Dian pone a disposición del contribuyente su información precargada. Verifícala cuidadosamente, ya que, aunque proviene de terceros, no siempre es exacta.
3. Evita presentar la declaración sugerida sin revisar: la Dian puede ofrecer una declaración sugerida, pero esta no equivale a una declaración oficial, por lo que el contribuyente es el único responsable de verificar su exactitud y completitud.
4. Guarda los soportes por al menos tres años: la firmeza de la declaración se da después de tres años si no hay requerimientos, lo que hace importante guardar todos los documentos y un resumen detallado de lo declarado.
5. Organízate financieramente para aprovechar beneficios: los aportes a fondos de pensiones voluntarias o cuentas AFC pueden ayudarte a reducir el impuesto, pero requieren mantenerse por 10 años en el fondo. El 50 % del gravamen a los movimientos financieros –GMF– efectivamente pagado durante el año gravable puede deducirse del impuesto de renta, sin importar si está relacionado con la actividad económica del contribuyente, siempre que esté debidamente certificado por el agente retenedor. Por otra parte, el impuesto al patrimonio y el impuesto de normalización no son deducibles en el impuesto sobre la renta, y las cuotas de afiliación pagadas a los gremios serán deducibles del impuesto de renta (ver el artículo 115 del ET).