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Régimen de contratación laboral vigente en Colombia: ¿cómo evitar sanciones?

Todo empleador tiene la obligación de conocer y aplicar de forma correcta las normativas laborales vigentes al momento de suscribir un contrato de trabajo. Omitir esta advertencia puede generar el pago de sanciones impuestas por el Ministerio del Trabajo o la UGPP.

Fecha de publicación: 25 de mayo de 2020
Régimen de contratación laboral vigente en Colombia: ¿cómo evitar sanciones?
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Todo empleador tiene la obligación de conocer y aplicar de forma correcta las normativas laborales vigentes al momento de suscribir un contrato de trabajo. Omitir esta advertencia puede generar el pago de sanciones impuestas por el Ministerio del Trabajo o la UGPP.

Derechos adquiridos en la firma de un contrato de trabajo

Los artículos 22 y siguientes del Código Sustantivo del Trabajo definen, entre otros aspectos, en qué consiste el contrato de trabajo, qué elementos los integran y cómo se se pacta la remuneración.

Dentro del mismo código se observa que este establece la obligación no solo de pagar salarios, sino que además se deben reconocer las prestaciones sociales, es decir, la prima de servicios, cesantías, intereses a las cesantías y vacaciones.

Adicional a estos beneficios laborales están el pago del auxilio de transporte y la dotación para empleados que devengan hasta dos salarios mínimos, sumados a la obligación de realizar los aportes a seguridad social y parafiscales.

Medidas laborales adoptadas en 2020 a causa del COVID-19

En el marco del estado de emergencia declarado por el Gobierno nacional a causa de pandemia del COVID-19, muchos sectores se van visto afectados, como es el caso del sector laboral.

A continuación, se explicará puntualmente cuáles son las medidas laborales adoptadas por el Gobierno para hacerle frente a la crisis que ha generado el nuevo coronavirus (COVID-19), lineamientos que deben aplicados en los contratos de trabajo en aras de evitar la imposición de sanciones a futuro por parte del Ministerio del Trabajo.

¿Qué cláusulas son modificables en un contrato de trabajo y cómo se soporta el cambio?

Cuando se firma un contrato de trabajo el empleador y trabajador deben pactar con toda claridad, entre otros aspectos, la duración del contrato de trabajo, el salario devengado y la jornada laboral. Ahora bien, en este mismo espacio se aclaran dudas respecto a si es o no posible realizar una modificación a las cláusulas definidas en una contratación laboral.

Reducción de salarios por el COVID-19: impacto en las prestaciones sociales y la seguridad social

¿En qué consiste la reducción de salarios en los contratos de trabajo?, ¿en qué casos es legal su aplicación?, ¿cómo se afectan los pagos laborales como las prestaciones sociales? Estas y otras inquietudes inherentes al tema serán resueltas a continuación.

Legalidad de la suspensión de los contratos de trabajo a causa del COVID-19

Al hacer la lectura del artículo 51 del Código Sustantivo del Trabajo, se observa que dicha normativa contempla la posibilidad de suspender un contrato de trabajo. A continuación se explica en detalle cómo funciona la suspensión de un contrato de trabajo y, sobre todo, si es legal o no su aplicación en la crisis que se ha desatado por la pandemia del COVID-19.

Mecanismos para defender los derechos del trabajador en tiempos de pandemia por el COVID-19

En este espacio podrá conocer los mecanismos con los cuales cuenta una persona vinculada a una empresa a través de un contrato de trabajo, para defender sus derechos laborales cuando el empleador no actúa conforme las normativas previstas para tal fin.

Contrato de trabajo y de prestación de servicios: principales diferencias

La principal diferencia entre un contrato de trabajo y uno de prestación de servicios radica en su naturaleza jurídica, pues el primero es de carácter laboral y el segundo de carácter civil.

En ese sentido, es claro que si una empresa procede a firmar un contrato de trabajo debe pagar salarios, prestaciones sociales, seguridad social, parafiscales y demás beneficios laborales que giran en torno a esta modalidad de vinculación de personal. Pero si la persona es vinculada por un contrato de prestación de servicios, se le deberán pagar solo sus respectivos honorarios, proceso para el cual es necesario la presentación del pago de sus aportes a seguridad social, si el valor recibido mensualmente es igual o superior a un salario mínimo.

Licencia no remunerada: ¿cómo debe ser otorgada para evitar sanciones?

Conozca bajo qué condiciones legales debe ser otorgada una licencia no remunerada al trabajador, para evitar sanciones por parte del Ministerio del trabajo o una posible demanda laboral.

Despido de trabajador por presentar una incapacidad médica falsa

El artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo contempla cuáles son las causas que permiten al empleador dar por finalizado el contrato de trabajo, sin quedar expuesto al pago de una indemnización laboral o la imposición de una sanción por parte del Ministerio del Trabajo.

Período de prueba: ¿cómo se pacta en los contratos de trabajo?

Todo empleador se encuentra facultado para establecer, al inicio de la firma de un contrato de trabajo, el período de prueba en los términos de lo previsto en el artículo 76 del Código Sustantivo del Trabajo, lapso que permite evaluar si la persona cumple o no con las competencias requeridas para el cargo asignado.

Descargos laborales: pasos para su ejecución

Al interior de las empresas se pueden presentar conductas del trabajador que dan lugar a la imposición de sanciones disciplinarias; no obstante, la empresa tiene la obligación de conocer y aplicar el protocolo, tal como lo establecen las normativas laborales, para evitar que las medidas adoptadas al respecto pierdan toda legalidad. Pues bien, a continuación le contamos cómo adelantar correctamente un proceso de descargos.

Afectación de los pagos laborales por la implementación del teletrabajo por el COVID-19

Todo contrato de trabajo, sin importar la duración pactada, es decir, a término fijo o indefinido, puede ser ejecutado bajo la modalidad de teletrabajo, condición que no exonera al empleador, en ninguno de los casos, de realizar los respectivos pagos laborales (salarios, prestaciones sociales, aportes a pensión, parafiscales, etc.).

En lo que se refiere al auxilio de transporte, la empresa puede determinar que no realizará su pago para quienes estén en la modalidad de teletrabajo, porque no existe la obligación de desplazarse hacia el lugar de trabajo, decisión que coincide con lo dispuesto en el Concepto 02EE2020410600000024952 del 10-04-2020.

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