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Beneficiarios de Colombia Mayor recibirán su primera transferencia del año este 17 de febrero


Actualizado: 15 febrero, 2022 (hace 2 años)

Beneficiarios del programa Colombia Mayor recibirán $80.000, correspondientes a la transferencia de enero. El dinero se podrá reclamar hasta el viernes 25 de febrero.

Desde este 17 de febrero de 2022, Prosperidad Social realizará la primera transferencia monetaria del año para los beneficiarios del programa de Colombia Mayor. La recibirán 1.650.000 participantes de todo el país.

Cada participante recibirá $80.000, correspondientes a la transferencia de enero. Estará disponible hasta el viernes 25 de febrero. Para este primer pago, el Gobierno nacional dispuso de más de 143.000 millones de pesos.

“Al inicio de cada vigencia se debe realizar un proceso de asignación presupuestal para el programa, por parte del Ministerio de Hacienda y del Fondo de Solidaridad Pensional. Por eso los pagos de enero y febrero se realizan en febrero. El cronograma del año en curso se ajusta para el pago mensual”, explicó la directora de Prosperidad Social, Susana Correa.

El retiro del incentivo se podrá hacer en los más de 27.000 puntos del operador Matrix Sured y sus aliados: están encargados de la entrega del subsidio en todos los municipios del país. En el siguiente enlace está el listado de los puntos de pago por municipio: https://prosperidadsocial.gov.co/colombia-mayor/

El pago del subsidio a través de un tercero, autorizado por el beneficiario, se podrá hacer por medio de poder autenticado ante juez o notario, o del proceso de avalados conocido e implementado por las alcaldías. Para estos casos, se verificará que el beneficiario esté registrado en el listado de pagos enviado por Prosperidad Social.

El tercero autorizado deberá presentar ante el operador de pago:

  • Su cédula de ciudadanía original y la del beneficiario titular del programa.
  • Entregar una fotocopia de la cédula de ciudadanía del beneficiario.
  • Entregar el poder o la autorización original, cuya vigencia no puede ser mayor a treinta días, contados a partir de la fecha de su autenticación o firma.

Fuente: Prosperidad Social.

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