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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Cómo quedó el régimen simple de tributación con la reforma tributaria?


¿Cómo quedó el régimen simple de tributación con la reforma tributaria?

El impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación se creó con el artículo 66 de la Ley 1943 de diciembre 28 de 2018.

Este régimen, que reemplazó al monotributo, vuelve a tener el visto bueno con la reforma tributaria o Ley de crecimiento económico, pero esta vez con tarifas más altas.

La reforma tributaria o Ley de crecimiento económico, entre otras cosas, incrementará las tarifas del impuesto SIMPLE para los contribuyentes que desarrollen las actividades del grupo 3, correspondientes a servicios profesionales, de consultoría y científicos, en los que predomine el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales.

Dichas tarifas quedarían de la siguiente manera:

 
Ingresos brutos anuales Tarifa SIMPLE consolidada
Igual o superior (UVT) Inferior (UVT)
0 6.000 4,9 %
6.000 15.000 5,3 %
15.000 30.000 7,0 %
30.000 80.000 8,5 %

Por lo tanto:

  • Quienes perciban ingresos entre $0 y $ 213.642.000 deberán tributar con la tarifa de 5,9 %, la cual presentó un aumento de un (1) punto en comparación con la tarifa estipulada en la Ley de financiamiento de 2018.
  • Quienes perciban ingresos entre $213.642.000 y $ 534.105.000 deberán liquidar el impuesto con la tarifa de 7,3 %, la cual presentó un aumento de dos (2) puntos con relación a la tarifa estipulada en la mencionada Ley de financiamiento de 2018.
  • Quienes perciban ingresos entre $534.105.000 y $1.068.210.000 deberán liquidar el impuesto con la tarifa de 12 %, la cual presentó un aumento de cinco (5) puntos con relación a la tarifa estipulada en la referida Ley de financiamiento de 2018.
  • Quienes perciban ingresos entre $1.068.210.000 y $2.848.560.000 deberán liquidar el impuesto con la tarifa de 14,5 %, la cual presentó un aumento de seis (6) puntos con relación a la tarifa estipulada en la Ley de financiamiento de 2018 en mención.

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Teniendo en cuenta estas modificaciones y las demás novedades contenidas en la nueva reforma tributaria, es importante conocer, entender y analizar los efectos fiscales que se advienen para las personas naturales y jurídicas a partir del año gravable 2020. Por eso te invitamos a prepararte con nosotros adquiriendo tu Suscripción Actualícese.

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