Las cesantías son una prestación social que debe ser liquidada desde el 1 de enero al 31 de diciembre de cada año y ser consignada a más tardar el 14 de febrero de cada año en el fondo previsto para el efecto.
En Actualícese preparamos para ti esta práctica calculadora que te ayudará a determinar el valor de las cesantías y los intereses a las cesantías de un empleado.
Son una prestación social a cargo de todo empleador, cuyo fin es un ahorro que tiene el trabajador para:
Las cesantías corresponden a un mes de salario por cada año laborado o proporcional al tiempo laborado si es inferior.
Son una prestación social percibida directamente por el trabajador sin la intermediación de ningún tercero. Cabe anotar que los intereses a las cesantías no tienen ninguna destinación específica, dado que son el reconocimiento financiero que hace el empleador por la retención del dinero correspondiente a las cesantías durante el año; en caso de terminación del contrato, sería por el tiempo de la prestación del servicio.
El auxilio de cesantía se causa el 31 de diciembre de cada año. El empleador debe consignar esta prestación a más tardar el 14 de febrero del año siguiente en un fondo de cesantías a nombre del empleado. Solo se las entregará directamente a la persona en el momento que se termine el contrato y el auxilio aún no haya sido consignado al fondo.
Los pagos parciales de cesantías solo proceden previa autorización del Ministerio de Protección Social (Oficina del Trabajo de la ciudad), y proceden cuando el trabajador comprará, mejorará o levantará gravamen hipotecario de su vivienda o el pago de su estudio, el de su cónyuge o hijos.
Las cesantías se deben liquidar sobre el valor de un salario mensual promedio (salario, comisiones por venta y auxilio de transporte si lo tiene) por cada año de servicio o proporcional al tiempo laborado.
Si el trabajador percibe un salario variable (con comisiones, horas extras, etc.) o tuvo una variación en los últimos 3 meses, se debe tomar el promedio del salario de los 12 meses o del tiempo laborado si este fue inferior a 12 meses (ver artículo 253 del CST).
(Cesantías × días trabajados)/360
En la siguiente infografía se puede profundizar al respecto:
Los intereses de las cesantías se deben pagar en dinero y directamente al trabajador. Estos corresponden al 12 % anual sobre los saldos que tenga a su favor por concepto de cesantías al 31 de diciembre de cada año o en las fechas de retiro definitivo del trabajador o de liquidación parcial de cesantías.
(Cesantías × días trabajados × 0,12)/360
Por último, te compartimos el siguiente video, en el que la Dra. Angie Marcela Vargas, especialista en temas laborales y de seguridad social, explica qué son las cesantías, los intereses a las cesantías y las sanciones que se generan por no consignar o no pagar estos valores: