Actualícese.com
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Mora en los pagos a cotizaciones a pensión: El Fondo Pensional debe cobrar, NO el trabajador


Mora en los pagos a cotizaciones a pensión: El Fondo Pensional debe cobrar, NO el trabajador

Aquí hablaremos sobre...

  • Obligatoriedad de cobro por parte de los Fondos de Pensiones
  • Si el Fondo no inicia el cobro, el trabajador puede exigirlo
  • Si el trabajador ya no labora con determinado empleador, pero hacen falta aportes a su pensión del tiempo en que laboró para este, ¿también puede acudir al Fondo Pensional?
  • ¿El empleador debe pagarle intereses de mora al Fondo de Pensiones por los aportes dejados de pagar de un trabajador?

Este contenido ha sido migrado a nuestro archivo
Vas a ser redireccionado a su nueva URL
Si no eres redireccionado o tienes problemas da clic Aquí

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,