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4. COMPARATIVO DE PAGOS A TRABAJADOR (CONTRATO DE TRABAJO VS. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS)

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Este formato le permitirá conocer a una empresa cuáles son los pagos que debe efectuar cuando contrata a un trabajador mediante un contrato de trabajo vs. cuando lo contrata mediante un contrato de prestación de servicios.

En ese mismo sentido, un trabajador podrá comparar cuáles son los pagos a los que tiene derecho cuando labora para una empresa como trabajador dependiente y cuando suscribe un contrato de prestación de servicios.

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DIFERENCIAS ENTRE EL CONTRATO DE TRABAJO Y EL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

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Los contratos de trabajo y de prestación de servicios contienen diferentes derechos y obligaciones para las partes (empleador y trabajador o contratante y contratista), por ejemplo, en cuanto al nivel de subordinación, prestación personal o no personal del servicio, y los pagos que debe asumir cada parte como remuneración por el servicio contratado, seguridad social, etc.

Es importante anotar que, si bien una empresa puede elegir contratar algunas labores mediante un contrato de trabajo o uno de prestación de servicios, estas deben ser funciones ocasionales o de conocimientos especializados que no hagan parte del giro ordinario de las labores de la empresa.

Es decir, las funciones permanentes de la empresa siempre deberán contratarse mediante un contrato laboral. De lo contrario, podría interpretarse como si se estuviera ocultando una relación laboral, por lo que un juez podría requerir que la empresa pague al trabajador los valores que dejó de recibir (prestaciones sociales, aportes a pensión, indemnizaciones, etc.). Las principales diferencias entre el contrato de trabajo y el contrato de prestación de servicios se resumen en el siguiente cuadro: 


Contrato de prestación de servicios Contrato laboral o de trabajo
Elemento esencial del contrato Independencia o autonomía. Subordinación o dependencia.
Partes Contratante y contratista. Empleador y trabajador.
Remuneración Honorarios. Salario.
Forma de prestación del servicio Puede ser realizada por el contratista o por un tercero contratado por este. Intuito personae.
Horario de trabajo y jornada laboral El contratista no está obligado a cumplir un horario.

Por regla general, el trabajador sí debe cumplir un horario.

Prestaciones sociales (cesantías y prima de servicios)

No se causan. Sí se causan.
Vacaciones No aplica. Sí aplica.

Afiliación y cotización a la seguridad social

A cargo del contratista.

A cargo del empleador.

(Recordemos que una parte de la seguridad social es asumida por el empleado).

Terminación del contrato

Por las formas y causales previstas en
el contrato.

Por las formas y causales de terminación del CST.

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COMPARATIVO DE PAGOS AL TRABAJADOR

Con este simulador podrás comparar como empresa los pagos que deberás realizar por contratar a una persona mediante un contrato de trabajo o uno de prestación de servicios.

Si eres un trabajador también podrás conocer los pagos a los que tienes derecho como empleado dependiente o como contratista.

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