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4. MODELO DE CONTRATO DE APRENDIZAJE

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En el contrato de aprendizaje un estudiante recibe el apoyo económico mensual de una empresa patrocinadora que le proporciona los medios para adquirir formación profesional metódica y completa requerida en el oficio, actividad, ocupación o profesión, lo cual le implica desempeñarse dentro del manejo administrativo, operativo, comercial o financiero propios del giro ordinario de las actividades de la compañía, por cualquier tiempo determinado no superior a tres (3) años.

Con el artículo 21 de la Ley de reforma laboral 2466 de junio 25 de 2025 se modificó el artículo 81 del Código Sustantivo del Trabajo, señalando que son elementos particulares y especiales del contrato de aprendizaje:

1. La finalidad de facilitar la formación del aprendiz.

2. La subordinación está referida exclusivamente a las actividades propias del aprendizaje.

3. La formación se recibe a título estrictamente personal.

4.  El apoyo del sostenimiento mensual tiene como fin garantizar el proceso de aprendizaje. Durante toda la vigencia de la relación, el aprendiz recibirá de la empresa:

a) Si es formación dual, el aprendiz recibirá como mínimo durante el primer año el equivalente al 75 % de un salario mínimo mensual legal vigente y durante el segundo año el equivalente al 100 %.

b) Si es formación tradicional, el aprendiz recibirá como mínimo en la fase lectiva el equivalente al 75 % de un salario mínimo mensual legal vigente y en la parte práctica será el equivalente al 100 %.

En ningún caso el apoyo de sostenimiento mensual podrá ser regulado a través de convenios o contratos colectivos o fallos arbitrales recaídos en una negociación colectiva.

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Cambios en el contrato de aprendices del Sena con la reforma laboral, Ley 2466 de 2025

 

La Ley de reforma laboral 2466 de 2025 introdujo cambios significativos para los aprendices del Sena, quienes ahora deberán ser vinculados mediante un contrato laboral de aprendizaje que les otorga derechos y prestaciones equivalentes a los de los trabajadores formales.

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¿QUÉ DEBE CONTENER EL CONTRATO DE APRENDIZAJE? 

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De acuerdo con el artículo 2 del Decreto 933 de 2003, compilado en el Decreto 1072 de 2015, el contrato de aprendizaje debe contener al menos lo siguiente:

• Razón social de la empresa patrocinadora, NIT, nombre de su representante legal y el número de su cédula de ciudadanía.

• Razón social o nombre de la entidad de formación que atenderá la fase lectiva del aprendiz con el NIT, nombre del representante legal y el número de su cédula de ciudadanía.

• Nombre, apellido, fecha de nacimiento, tipo y número del documento de identidad del aprendiz.

• Estudios o clase de capacitación académica que recibe o recibirá el aprendiz.

• Oficio, actividad u ocupación objeto de la relación de aprendizaje, programa y duración del contrato (máximo 3 años, ver el artículo 21 de la Ley 2466 de junio 25 de 2025).

• Duración prevista de la relación de aprendizaje, especificando las fases lectiva y práctica.

• Fecha prevista para la iniciación y terminación de cada fase.

• Monto del apoyo de sostenimiento mensual en pesos colombianos.

• La obligación de afiliación al sistema integral de seguridad social (consultar la Circular Externa 0083 de julio 18 de 2025 del Ministerio del Trabajo).

• Derechos y obligaciones de la empresa patrocinadora y el aprendiz.

• Causales de terminación del contrato de aprendizaje.

• Fecha de suscripción.

• Firmas de las partes.


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videoconferencia

Contrato de aprendizaje: así quedó tras los ajustes de la reforma laboral

¿Qué cambios hubo frente al contrato de aprendizaje?


El siguiente video es un contenido exclusivo de Suscriptores Platino.

[member_content type="platino" title="Es una pena, no puedes ver esta importante parte de nuestra ruta (pero te diremos cómo)"]

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ABC de la contratación de aprendices

 

La contratación de los aprendices en Colombia se realiza mediante la figura legal del contrato de aprendizaje, que es un contrato laboral especial, el cual tiene como objetivo brindar formación técnica y tecnológica a jóvenes y adultos en diferentes áreas de especialización.

 

Este es el ABC de la contratación de aprendices en Colombia.

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