Las personas naturales podrán incluir como renta líquida gravable en la declaración de renta año gravable 2018, o en las correcciones que aumentan el impuesto o disminuyen el saldo a favor, el valor de los activos omitidos y los pasivos inexistentes originados en períodos que se encuentran en firme.
La renta por activos omitidos o pasivos inexistentes se considera una renta líquida especial, así como las rentas obtenidas por recuperación de deducciones en contratos de servicios de construcción y las rentas de empresas extranjeras o de personas naturales no residentes dedicadas al servicio de transporte internacional.
El artículo 239-1 del ET señala que los contribuyentes podrán incluir como renta líquida gravable en la declaración de renta, o en las correcciones que aumentan el impuesto o disminuyan el saldo a favor, el valor de los activos omitidos y los pasivos inexistentes originados en períodos que se encuentran en firme, sin que se genere renta por diferencia patrimonial.
Este y otros temas serán abordados de manera teórica y práctica en la capacitación presencial titulada: Impuesto de renta de personas naturales año gravable 2018 (madrugadores) , en la cual también podrás:
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