Cuestionario para definir si una persona natural está obligada a presentar declaración de renta AG 2023
Te presentamos este cuestionario interactivo en Excel para definir si una persona natural se encuentra obligada o no a presentar la declaración de renta por el AG 2023.
¡Ingresa ahora y sigue los pasos!
Actualizado: 6 junio, 2024 (hace 6 meses)
Mediante el siguiente cuestionario podrás determinar, según las respuestas que suministres, si una persona natural se encuentra obligada a presentar la declaración de renta AG 2023.
Sigue los pasos enunciados en el formato teniendo en cuenta que está parametrizado para dicho año gravable.
El artículo 591 del Estatuto Tributario –ET– establece que deben presentar declaración de renta y complementario todos los contribuyentes sometidos a dicho impuesto, a excepción de aquellos que cumplan los requisitos señalados en el artículo 592 del ET.
Sin embargo, los artículos 593 al 594-3 del ET enuncian otros requisitos para no estar obligado a declarar. De este modo, quien los incumpla deberá presentar la declaración de renta del año gravable 2023 en los plazos estipulados para 2024.
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Sucede que, con la expedición de estos conceptos, la Dian ha vuelto a modificar la respuesta a la pregunta 3.1 de su Concepto Unificado 0912 de 2018, y en la nueva versión de dicha respuesta se menciona lo siguiente:
“En el caso del numeral 2 (del art. 592 del ET) para los no residentes es claro que lo determinante es que los ingresos obtenidos en el respectivo periodo gravable hayan estado sometidos a retención en la fuente y la misma se haya practicado, lo que conduce a afirmar que en tales eventos no se deberán considerar los topes de ingresos y/o patrimonio bruto en los términos del numeral 1 del citado artículo 592.
Así las cosas, las personas naturales no residentes en el territorio nacional, no serán responsables de presentar la declaración de renta en los siguientes casos:
1. Poseer patrimonio y haber obtenido en el respectivo año gravable ingresos en el país sobre los cuales se haya practicado retención en la fuente según los conceptos previstos en los artículos 407 a 411 del E.T. 2. Poseer patrimonio y no haber obtenido ingresos en el país. 3. No poseer patrimonio en el país y haber obtenido en el respectivo año gravable ingresos en el país sobre los cuales se haya practicado retención en la fuente prevista según los conceptos previstos en los artículos 407 a 411 del E.T. en su totalidad. 4. Lo anterior siempre y cuando no se configuren los supuestos de hecho previstos en los artículos 20-1 y 20-2 del Estatuto Tributario en relación con los establecimientos permanentes.”
Como puede verse, y de acuerdo con lo indicado, en especial en el numeral 2 anteriormente citado y resaltado, la Dian ha regresado a su parecer del pasado, según el cual acepta que una persona natural no residente no queda obligada a declarar renta ante el Gobierno por el solo hecho de poseer patrimonios elevados en Colombia, sin haber obtenido ingresos en el mismo país (con base en esta postura es que hemos elaborado este liquidador).
Luego de revisar que la persona natural está obligada a declarar renta, es importante tener en cuenta que la condición de residencia define el tipo de información que debe reportarse ante la Dian y los anteriores conceptos son los que se deben relacionar en la declaración de renta (ver el gráfico #1).
Además, la categoría a la que pertenezca la persona natural define también el formulario y los formatos que debe presentar; esto se puede verificar en el siguiente gráfico: