Una de las principales actividades del cierre contable anual es el análisis de las cuentas por cobrar, especialmente la cartera de clientes. En este artículo se presentan algunas recomendaciones aplicables a empresas que preparan su cierre bajo los nuevos marcos normativos.
El deterioro del valor de la cartera constituye el reconocimiento de pérdidas originadas por la irrecuperabilidad de la cartera, o por las incertidumbres relacionadas con su recaudo. En Colombia, los reportes contables han estado permeados por normas fiscales, razón por la cual la mayoría de entidades reconocen un deterioro basado en esas reglas.
La sección 11 del Decreto 3022 del 2013 ofrece unas pautas que pueden llevar a la conclusión de que una cartera se encuentra deteriorada, es decir, no se recuperará el valor total de la deuda.
Entre los casos planteados se destacan las siguientes situaciones:
Cuando la entidad se percata de situaciones como las descritas, debe comprobar el deterioro de la cartera, a fin de concluir si es necesario reconocer el deterioro del valor de estos activos.
En algunas ocasiones, tales hechos no significan en sí mismos que la cartera se encuentre deteriorada. Esta conclusión debe ser fruto de un análisis de cada partida, o de la aplicación de un modelo de cálculo para el deterioro de la cartera, debidamente sustentado.
Aspectos a evaluar en relación con las cuentas por cobrar:
El valor a reconocer por concepto de deterioro del valor de la cartera dependerá de la medida en la cual la entidad concluya que parte o todo el valor de la deuda se considera irrecuperable. Entre menores sean las expectativas de recuperación, mayor será el valor del deterioro.
Para terminar, el deterioro no puede establecerse como un porcentaje o indicador general para todas las entidades, pues como se dijo anteriormente, depende de la evaluación de recuperabilidad en cada caso.
Juan David Maya
Consultor de actualicese.co
*Exclusivo para actualicese.co