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La prima de servicios es una prestación social que corresponde a 30 días de salario por año. Esta se reconoce en dos pagos: la mitad el 30 de junio y la otra mitad, el 20 de diciembre. Calcula el valor de la prima semestral con esta herramienta.
La prima de servicios es una obligación a cargo del empleador que corresponde a 30 días de salario por año. Este beneficio se reconocerá en dos pagos al trabajador: la mitad el 30 de junio y la otra mitad a más tardar el 20 de diciembre (artículo 306 del CST).
El reconocimiento de la prima de servicios se llevará a cabo considerando el total de días laborados en el semestre o en proporción al tiempo efectivamente trabajado.
Todos los trabajadores que cumplan con las condiciones de un empleado dependiente y subordinado (incluidos los del servicio doméstico) tienen derecho al pago de la prima, independientemente del tipo o la duración del contrato de trabajo al que estén vinculados y de su modalidad de ejecución.
La prima de servicios debe ser abonada en dos pagos que cubren dos períodos, cada uno de seis meses. La primera mitad debe pagarse a más tardar el 30 de junio, y la segunda mitad debe abonarse a más tardar el 20 de diciembre de cada año.
La prima de servicios se calcula según el salario base devengado por el trabajador. Si el salario es fijo, se utiliza el último salario; si es variable, se toma el promedio del semestre. La fórmula para el cálculo varía según el tiempo trabajado:
El salario base para calcular la prima de servicios comprende todos los pagos que el trabajador recibe y que constituyen salario en los términos del artículo 127 del CST.
Los valores correspondientes al auxilio de transporte o al auxilio de conectividad, aunque no tienen carácter salarial, deben ser tomados en cuenta al calcular la prima de servicios de los trabajadores que tienen derecho a estos beneficios, ya que forman parte de la base salarial (artículo 7 de la Ley 1 de 1963).