Para convocar a la asamblea general ordinaria de copropietarios anualmente, el administrador de la propiedad horizontal debe enviar una comunicación escrita a cada copropietario con la información de la reunión.
Compartimos un modelo en Word que será de gran utilidad para hacer esta convocatoria.
La asamblea general de copropietarios debe reunirse de forma ordinaria, por disposición del artículo 39 de la Ley 675 de 2001, por lo menos una vez al año, en la fecha señalada en el reglamento de la propiedad horizontal; o en silencio de este, en los tres (3) meses siguientes al vencimiento de cada período presupuestal.
En estas reuniones la asamblea debe discutir y tomar decisiones respecto a varios puntos que son fundamentales para el correcto funcionamiento de la copropiedad. Entre estos puntos podemos destacar los siguientes (ver artículos 38 y 39 de la Ley 675 de 2001):
La Ley 675 de 2001 otorga la posibilidad de que la asamblea de copropietarios se reúna de forma presencial o no presencial (ver artículos 39 y 42 de la Ley 675 de 2001).
Cabe destacar que durante las reuniones no presenciales se deben cumplir las disposiciones relativas a la convocatoria, quorum y mayorías establecidas en los artículos 44, 45 y 46 de la Ley 675 de 2001 y 2.2.1.16.1 del Decreto 1074 de 2015 (artículo 14 del Decreto 176 de 2021).
Según el artículo 39 de la Ley 675 de 2001, la convocatoria a la asamblea general de copropietarios debe efectuarse mediante comunicación escrita a cada copropietario.
Recordemos que la responsabilidad de efectuar la convocatoria es del administrador de la copropiedad.