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Actualizado: 2 diciembre, 2024 (hace 3 semanas)

En este liquidador puedes calcular los intereses moratorios sobre deudas tributarias administradas por la Dian, de acuerdo con la fecha que se requiera.

Este se encuentra ajustado a la tasa de interés vigente a diciembre 31 de 2024 y fue diseñado conforme al artículo 635 del ET y sus modificatorios (Ley 2277 de 2022).

Desde septiembre de 2017, por indicación de la presidencia, la tasa de interés por aplicar para calcular los intereses moratorios sobre deudas tributarias se define de forma mensual.

Nuestro liquidador avanzado en Excel se encuentra actualizado con la tasa de usura al 31 de diciembre de 2024, que se define con el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario establecida por la Superintendencia Financiera de Colombia mensualmente. Además, en su elaboración se consideraron las instrucciones del artículo 635 del ET y sus modificatorios (incluyendo los cambios más recientes introducidos por la Ley 2277 de reforma tributaria 2022 que aplicaron hasta junio 30 de 2023).

Con este liquidador totalmente automatizado podrás calcular de manera rápida y segura los intereses moratorios de tus deudas tributarias en un ambiente amigable y fácil de usar.

NOTA:
Las sanciones tributarias pueden originarse por algún incumplimiento o irregularidad en la elaboración y presentación de declaraciones de impuestos nacionales. Por esto se debe comprender cómo es su aplicación, tratamiento, liquidación y demás aspectos necesarios que facilitarán su manejo adecuado.

Ley 2277 de 2022 en relación con los intereses moratorios sobre deudas tributarias

De acuerdo con el artículo 635 del ET, el interés moratorio para las obligaciones tributarias se liquidará diariamente a la tasa de interés diario (dividir entre 365 días) que sea equivalente a la tasa de usura vigente (tasa de usura = 1,5 veces la tasa de interés corriente) determinada por la Superintendencia Financiera de Colombia para las modalidades de crédito de consumo, menos dos (2) puntos.

Vale la pena resaltar que con la Ley 2277 de reforma tributaria 2022 se introdujeron dos nuevos artículos, así:

  • Artículo 91: para las obligaciones tributarias y aduaneras que ya fueron presentadas, pero sin pago y que se cancelen totalmente hasta el 30 de junio de 2023, y para las facilidades o acuerdos para el pago de que trata el artículo 814 del Estatuto Tributario que se suscriban a partir de la entrada en vigencia de la Ley 2277 de 2022 y hasta el 30 de junio de 2023la tasa de interés de mora será equivalente al 50% de la tasa de interés establecida en el artículo 635 del ET.
  • Artículo 93: para los contribuyentes que al 31 de diciembre de 2022 no hayan presentado las declaraciones tributarias a que estaban obligados por los impuestos administrados por la Dian y que las presenten antes del 31 de mayo de 2023, con pago o con facilidades o acuerdos para el pago solicitadas a esta fecha y suscritas antes del 30 de junio de 2023la tasa de interés de mora se reducirá en un 60% de la tasa de interés establecida en el artículo 635 del ET.

A través de este formato podrás liquidar los intereses reducidos y aprovechar los beneficios de la Ley 2277 de 2022, siempre y cuando cumplas con los requisitos exigidos. Recuerda que el 30 de junio de 2023 finalizaron los beneficios de la Ley 2277 de 2022 para acceder a reducciones de sanciones e intereses de mora.

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¿Cómo utilizar el liquidador en Excel de intereses moratorios sobre deudas tributarias?

En la hoja “Introducción” exponemos toda la referencia normativa y la explicación de los cálculos, en la hoja “Ley 2277 de 2022” encontrarás los cambios introducidos por la reforma tributaria 2022 y en la hoja “Tasas de interés Dian” la relación de las tasas utilizadas desde octubre de 2014 hasta la fecha de actualización de esta herramienta.

Finalmente, para conocer el valor total de los intereses de mora, solo se requiere que en la hoja Intereses moratorios se registre la siguiente información: la fecha de vencimiento de la obligación (consulta el Calendario tributario descargable 2024), la fecha en la que se realizará el pago y el monto del impuesto u obligación en mora, debes ingresar estos tres (3) datos en los campos solicitados y dar clic al botón Calcular o simplemente presionar Ir al liquidador desde las demás hojas de cálculo.

Recuerda que…

Este liquidador se actualiza mensualmente según la información emitida cada fin de mes por la Superfinanciera, así que debes descargar la actualización de esta herramienta los primeros días de cada mes.

En caso de que requieras calcular los intereses de mora para una fecha posterior al 31 de diciembre de 2024, será necesario editar este formato para agregar la tasa vigente.

Además, solo calculará los intereses moratorios de las declaraciones tributarias que no hayan sido presentadas o que se hayan presentado sin pago 5 años atrás. Lo anterior, según lo estipulado por los artículos 715 y siguientes del ET, así como el artículo 817 y siguientes.

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«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos: 4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

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