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Actualizado: 5 septiembre, 2024 (hace 1 mes)

En esta plantilla de Excel, elaborada por Diego Guevara, se ilustran los cálculos que deberán realizar las sociedades sometidas a vigilancia y control para estimar el valor de la contribución 2024 a Supersociedades, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 100-018039 de agosto 27 de 2024.

De acuerdo con el texto de la Resolución 100-018039 de 2024, expedida por la Superintendencia de Sociedades, las sociedades obligadas a pagar la contribución para gastos de funcionamiento del año 2024 a favor de esa Superintendencia utilizarán como base para calcular dicho monto el valor total de sus activos a diciembre 31 de 2023.

Consulta también nuestro editorial: Supersociedades fijó cuota de sostenimiento del año 2024.

Asimismo, dependiendo de la condición jurídica en la que se encuentre la sociedad obligada a hacer la contribución, el cálculo podrá ser diferente.

NOTA:
una vez que se efectúa el cálculo respectivo, el monto de la contribución final que liquide cada sociedad no podrá ser inferior a 118,71 UVB del año 2024 ($1.300.000). Tampoco deberá ser superior a $1.830.303.546 (cifra que se obtiene de aplicar el 1 % al monto total de contribuciones que, se estimó, llegará a recibir por el 2024 la Supersociedades para sus gastos de funcionamiento).

Liquidador en Excel para calcular la contribución 2024 a Supersociedades

La presente herramienta tiene como propósito facilitar las depuraciones que tendrán que realizar las sociedades obligadas a efectuar la contribución del año 2024 a la Superintendencia de Sociedades, dependiendo de la condición jurídica en la que se encuentren. Solo habría que cambiar, para cada caso particular, los valores de las celdas resaltadas en amarillo, pues los datos de las demás celdas son automáticos.

Recuerda que el valor final de la contribución será liquidado directamente por la Supersociedades, la cual hará llegar la respectiva cuenta de cobro. Por lo tanto, cuando se conozca dicho monto, se podrá examinar si fue correctamente definido, haciendo las comparaciones respectivas entre lo que liquidó la Supersociedades y los valores calculados en esta plantilla.

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«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos: 4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:
4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

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