Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Presidente Petro anuncia modificaciones en el proyecto de reforma tributaria


Presidente Petro anuncia modificaciones en el proyecto de reforma tributaria
Actualizado: 25 octubre, 2022 (hace 1 año)

El proyecto de reforma tributaria no gravará las pensiones y la sobretasa a petróleo y carbón se aplicará con base en precios internacionales.

En una reunión que se realizó este martes, en la Casa de Nariño, con ponentes de la reforma tributaria y el presidente de la República, Gustavo Petro, se anunció que no se gravarán las pensiones y que la sobretasa al petróleo y el carbón se aplicarán con base en los precios internacionales de los hidrocarburos.

En su declaración, Petro mencionó que “Un aspecto, no vamos a presentar un impuesto a las pensiones. Segundo aspecto, modificamos la tributación del sector de hidrocarburos, que trabaja con bienes públicos, de propiedad de la nación: el petróleo y el carbón.

Además, agrego que “Se mantiene el que las regalías, en todo el sector minero que paga regalías, no sean deducibles del impuesto de renta, por un criterio básico y fundamental: los bienes del subsuelo de nación, desde la Constitución de 1886, son propiedad de la nación, son propiedad pública, son propiedad del pueblo colombiano. En esa medida, la nación, cuando concede su explotación económica por un particular, tiene el derecho a unas regalías y, por tanto, estas no son parte de la contabilidad de las empresas privadas que tienen esa concesión, y no son entonces deducibles de su impuesto de renta.

El mandatario, señaló que se ha introducido una fórmula que indica de dónde a dónde la sobretasa para el petróleo es del 5%, del 10% y del 15% en casos de precios superiores del petróleo al promedio de los últimos 20 años.

Finalmente, sostuvo que “Hay una tasa diferencial para el carbón, que comienza un poco más tarde porque sus costos de producción son diferentes, y llega hasta un máximo del 10% de su impuesto de renta.

Fuente: Presidencia de la República

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,