
Los cambios que la Ley 1607 le hizo a los arts. 36 y 36-3 del E.T. implicarán tratamientos contables y fiscales muy diferentes para las nuevas primas que se contabilicen, a partir de enero de 2013, en los patrimonios de las sociedades receptoras y para las viejas primas que ya venÃan contabilizadas, en esos patrimonios hasta dic. 31 de 2012.
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