Explicamos mediante el uso de un ejercicio práctico la contabilización de un préstamo bancario en una microempresa. Esto teniendo en cuenta que las microempresas poseen una característica esencial que las diferencian de los grupos 1 y 2 de Estándares Internacionales: la medición al costo histórico.
El grupo 3 de aplicación de Estándares Internacionales, el cual dispone normas para las microempresas, comprende una construcción normativa de carácter nacional para las más pequeñas entidades; este recientemente fue modificado a través del Decreto 1670 del 9 de diciembre de 2021, en cuanto a los requisitos que deben cumplir las entidades y personas naturales para pertenecer a esta categoría, veamos:
Es importante conocer las modificaciones para pertenecer al grupo 3 de aplicación de Estándares Internacionales que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2023, pues las entidades que aplican contabilidad simplificada poseen unas características que las diferencian de los otros grupos de aplicación, a saber:
En el siguiente video, el Dr. Juan Fernando Mejía, experto consultor en temas tributarios y de Estándares Internacionales, explica cuáles montos y requisitos deberán revisarse en el año 2021 para determinar si una entidad queda obligada a cambiarse de grupo de convergencia:
Los préstamos bancarios son pasivos que representan una deuda contraída por la microempresa como resultado de la obtención de recursos ante entidades financieras.
En el capítulo 10 del anexo 3 del DUR 2420 de 2015 podemos encontrar cómo una microempresa debe contabilizar sus préstamos bancarios. A continuación, profundizamos al respecto.
Deben incorporarse las obligaciones financieras en los estados financieros de una microempresa cuando la partida cumpla con la definición de pasivo. De acuerdo con el párrafo 4.26 del marco conceptual para la información financiera contenido en el anexo técnico compilatorio y actualizado 1 – 2019 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015:
(…) un pasivo es una obligación presente para la entidad de transferir un recurso económico como resultado de sucesos pasados.
Además, tenemos que las obligaciones financieras se reconocerán en los estados financieros cuando cumplan con las siguientes condiciones:
Tenemos entonces que si la obligación financiera cumple con la definición de pasivo y las dos condiciones mencionadas anteriormente, podrán ser incorporadas a los estados financieros como obligaciones financieras.
Las microempresas, de acuerdo con el párrafo 3 del capítulo 10 del anexo 3 del DUR 2420 de 2015, deben medir sus préstamos bancarios por su costo histórico.
El costo histórico es el valor recibido al incurrir en la deuda, es decir, la cantidad prestada por el banco (obligación financiera).
En cuanto a los intereses pactados con el banco en la adquisición del préstamo, estos deben ser contabilizados como un gasto en el estado de resultados contra la cuenta de intereses por pagar (o de efectivo y equivalente).
Según lo estipulado en el párrafo 10.5 del anexo 3 del DUR 2420 de 2015, una entidad deberá dar de baja una obligación financiera cuando:
Una microempresa deberá revelar el valor en libros de las obligaciones financieras y el valor de los interés correspondientes al período contable que se encuentren pendientes de pago (párrafo 10.7 del anexo 3 del DUR 2420 de 2015).
En el ejemplo presentado a continuación se puede observar la contabilización de un préstamo bancario en una microempresa:
El 1 de enero de 2022, una microempresa solicitó un préstamo bancario por valor de $10.000.000. Las condiciones del crédito fueron las siguientes:
Para contabilizar el crédito, la microempresa elaboró la siguiente tabla de amortización:
Período |
Capital |
Abono a capital |
Interés pagado |
Cuota por pagar |
Saldo |
---|---|---|---|---|---|
$10.000.000 |
$10.000.000 |
||||
1 |
$10.000.000 |
$2.000.000 |
$300.000 |
$2.300.000 |
$8.000.000 |
2 |
$8.000.000 |
$2.000.000 |
$240.000 |
$2.240.000 |
$6.000.000 |
3 |
$6.000.000 |
$2.000.000 |
$180.000 |
$2.180.000 |
$4.000.000 |
4 |
$4.000.000 |
$2.000.000 |
$120.000 |
$2.120.000 |
$2.000.000 |
5 |
$2.000.000 |
$2.000.000 |
$60.000 |
$2.060.000 |
$0 |
En el momento de recibir el crédito (1 de enero de 2022) la microempresa reconoció la obligación financiera, así:
Cuenta |
Débito |
Crédito |
---|---|---|
Bancos |
$10.000.000 |
|
Obligaciones financieras |
$10.000.000 |
Luego, al final de cada mes, la microempresa reconoció el pago de la cuota, separando la parte correspondiente a capital de la de los intereses. En el primer mes, el registro fue el siguiente:
Cuenta |
Débito |
Crédito |
---|---|---|
Otros gastos – intereses |
$300.000 |
|
Obligaciones financieras |
$2.000.000 |
|
Bancos |
$2.300.000 |