Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Nuevo plazo para trasmitir virtualmente el documento soporte a no obligados a facturar


Actualizado: 18 mayo, 2021 (hace 3 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Cuál es el nuevo plazo para empezar a transmitir virtualmente el documento soporte en adquisiciones a los no obligados a facturar?

Pregunta resuelta 13 de mayo de 2021

En esta publicación, el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, indica cuál es el nuevo plazo para empezar a transmitir virtualmente el documento soporte en adquisiciones a los contribuyentes no obligados a facturar, según lo establecido en el artículo 1.6.1.4.12 del DUT 1625 de 2016, luego de ser sustituido con el Decreto 358 de marzo 5 de 2020 y la Resolución 000037 de mayo 5 de 2021.

No lo olvides, en nuestro Calendario tributario 2021 encontrarás fácil y rápido los plazos de las obligaciones tributarias para el año gravable en curso.

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