Ups... llegaste tarde

Mantente al día de nuestras transmisiones revisando siempre las próximas fechas y horarios en que estaremos al aire.

Déjanos tu correo electrónico y te notificaremos nuestros próximos eventos.

Actualícese.com

Nuevos recursos




Aquí conocerás los beneficios tributarios, tales como rentas exentas, descuentos, costos y deducciones que podrás aplicar durante el AG 2024 en las declaraciones de renta de las personas jurídicas.

Recuerda que la reforma tributaria realizó modificaciones a varias de las disposiciones que deben atenderse.

Para mantenerte informado, te presentamos esta matriz en Excel que te permitirá visualizar las actualizaciones relevantes al determinar las rentas exentas, descuentos, costos y deducciones aplicables en la declaración de renta de las personas jurídicas para el año gravable 2024.

A continuación te explicamos los conceptos clave:

Rentas exentas

Las rentas exentas son ingresos que, aunque constituyen ingresos fiscales, no están sujetos al impuesto de renta y complementario, dado que la ley les otorga el beneficio de gravarse con tarifa cero (0 %).

En términos generales, las rentas exentas son aquellas utilidades netas fiscales provenientes de la explotación de ciertas actividades económicas expresamente beneficiadas en las normas fiscales, las cuales veremos de manera detallada en la pestaña denominada «Rentas exentas» dentro del archivo descargable.

rentas exentas
rentas exentas

Descuentos tributarios

Los descuentos tributarios corresponden a aquellas sumas que pueden detraerse del valor liquidado como impuesto sobre la renta.

Se considera que un descuento tributario es más beneficioso que una renta exenta o un ingreso no gravado, dado que afecta directamente el impuesto a cargo.

Teniendo en cuenta esto, hemos preparado para ti una pestaña exclusiva que contiene cada uno de los descuentos tributarios aplicables en la actualidad a las personas jurídicas. Ver la hoja de cálculo «Descuentos» de la matriz en Excel.

Costos y deducciones

Los costos son las erogaciones en las que se incurre para la adquisición y producción de bienes y servicios, en tanto que las deducciones son los gastos en los que se incurre para la generación de renta.

Según el artículo 107 del Estatuto Tributario –ET–, los costos y deducciones de los contribuyentes obligados a llevar contabilidad son los gastos realizados contablemente en el período gravable, siempre que cumplan los siguientes requisitos fiscales:

rentas exentas
  • Que tengan relación de causalidad con la actividad productora de renta.
  • Que sean necesarios.
  • Que sean proporcionales de acuerdo con la actividad que desarrolla el contribuyente.

Matriz en Excel: rentas exentas, descuentos, costos y deducciones para personas jurídicas en 2024

Considerando todo lo anterior, elaboramos este formato que contiene la relación de las rentas exentas, descuentos tributarios, costos y deducciones vigentes en 2024 para las personas jurídicas. Además, conocerás la norma aplicable en cada uno de los casos.

TAMBIÉN LEE:   Casos de descuentos tributarios y donaciones: conciliación contable y tributaria
rentas exentas

Recuerda:

La Ley 2277, emitida el 13 de diciembre de 2022, incorpora el nuevo artículo 259-1 al Estatuto Tributario –ET–. Este introduce una fórmula especial que limita al 3 % ciertas deducciones, rentas exentas y descuentos tributarios.

A continuación, el Dr. Diego Guevara analiza cuáles beneficios tributarios estarán sujetos y cuáles no al límite de beneficios y estímulos tributarios al que se refiere este nuevo artículo.

Comprueba qué tanto sabes sobre la declaración de renta de personas jurídicas AG 2024

Términos y condiciones

Para temas de devolución de productos virtuales adquiridos a través del portal www.actualicese.com como la suscripción, libros en formato PDF, archivos digitales en formato de Word y Excel, conferencias en línea, etc. no procede el derecho al retracto según lo establece el numeral 4 del artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, que a su tenor literal expresa:

«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos: 4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:
4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

Por tanto, los productos ofrecidos por el portal Actualícese, al ser bienes intangibles, no son susceptibles de ser devueltos por parte del usuario. 

Para descargar este producto debes tener una Suscripción

¿Ya eres Suscriptor?


Iniciar sesión
Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, , ,