Calculadora de nómina mensual para empleados del servicio doméstico
Calcula la nómina mensual de empleados del servicio doméstico de forma rápida y precisa. Incluye salario, prestaciones sociales, aportes a seguridad social y otros conceptos para cumplir con la legislación laboral vigente. Una herramienta útil y práctica.
Nomina mensual del empleado doméstico
Información importante
Salario mínimo
Por favor, digite el valor del salario mensual sin tener en cuenta el auxilio de transporte. Incluya el salario básico, comisiones, horas extras y demás conceptos que constituyen salario.
Auxilio de transporte
El auxilio de transporte no debe ser inferior a $ 200.000. Si al trabajador se le asigna un valor superior puede modificarlo.
Dias trabajados
Entre 1 y 30
Tipo de trabajador
Se entiende por trabajador interno aquel que reside en el sitio de trabajo y no requiere desplazamiento para cumplir con sus labores.
Indicaciones para un uso adecuado de la calculadora
Ingresa el salario mensual del trabajador sin incluir el auxilio de transporte; la herramienta lo calculará automáticamente.
Incluye el salario básico, comisiones, horas extra y otros conceptos que constituyen salario.
El auxilio de transporte no aplica para trabajadores domésticos internos, ya que residen en el lugar de trabajo y no requieren desplazarse.
¿Quiénes son los trabajadores del servicio doméstico?
Los trabajadores y trabajadoras del servicio doméstico son todas aquellas personas naturales que prestan directamente sus servicios en casas de familia, desempeñando tareas como aseo, lavado, planchado, cocina, cuidado de niños o adultos mayores, entre otras responsabilidades relacionadas con el hogar. Esto incluye también servicios de jardinería, conductores de familia (choferes) y trabajadores de fincas en el ámbito doméstico.
Según el lugar donde residen, y la duración de la jornada laboral, se pueden clasificar así:
Trabajadores a tiempo completo externos.
Trabajadores a tiempo completo internos (residen en el lugar donde prestan el servicio).
¿Los trabajadores del servicio doméstico tienen derecho al auxilio de transporte?
Sí, los trabajadores domésticos tienen derecho al auxilio de transporte siempre que su salario sea igual o inferior a dos (2) smmlv, salvo que trabajen como internos o que el empleador les proporcione el transporte.
Seguridad social
Los trabajadores domésticos tienen derecho a estar afiliados a salud, pensión, riesgos laborales y subsidio familiar. El empleador que incumpla estas obligaciones deberá asumir los costos relacionados con incapacidades, indemnizaciones y prestaciones derivadas de accidentes o enfermedades del trabajador, ya sean de origen común o laboral.
La afiliación y cotización a la seguridad social de los trabajadores domésticos internos y externos a tiempo completo se rigen por las normas generales establecidas en la Ley 100 de 1993. Para los trabajadores domésticos a tiempo parcial, la afiliación y el pago de aportes se realizan bajo el esquema de cotización por semanas definido en el Decreto 2616 de 2013.
Concepto
Empleador
Trabajador
Salud
8,5 %
4 %
Pensión
12 %
4 %
Riesgos laborales
Según nivel de riesgo
–
Subsidio familiar
4 %
–
¿Los empleados del servicio doméstico tienen derecho a las prestaciones sociales?
Sí, los empleados domésticos en Colombia tienen derecho a todas las prestaciones sociales, independientemente de si laboran a tiempo completo o por días. Estas prestaciones incluyen cesantías, intereses sobre cesantíasyprima de servicios.
Para los trabajadores domésticos que laboran por días, la liquidación de las prestaciones sociales se realiza de manera proporcional al tiempo trabajado.
Angie Vargas, experta en derecho laboral, explica la base para liquidar la prima de servicios:
Vacaciones y dotación
Los trabajadores del servicio doméstico, al igual que cualquier otro trabajador, tienen derecho a quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas por cada año de servicios prestados (artículo 186 del CST).
Además, tienen derecho a la dotación siempre que cumplan los siguientes requisitos:
El trabajador debe tener un salario mensual que no supere los dos (2) smmlv.
Debe haber trabajado más de tres (3) meses consecutivos al servicio del empleador.