Actualizado: 9 mayo, 2024 (hace 3 semanas)

Los trabajadores domésticos tienen derecho a las siguientes prestaciones sociales: cesantías, intereses a las cesantías, prima de servicios, además de las vacaciones.

En este liquidador podrás determinar el valor que se debe pagar por estos conceptos para el caso de los trabajadores domésticos por días.

Recordemos que al igual que cualquier otro empleado, los trabajadores de servicio doméstico tienen derecho a que se les reconozcan todas las prestaciones sociales, las cuales incluyen las cesantías, intereses de cesantías y prima de servicios. Además, se les deben reconocer las vacaciones.

Al finalizar el contrato de trabajo, independientemente de que sea por despido o renuncia voluntaria del trabajador, se le deben pagar las prestaciones sociales que no se le han pagado a la fecha, así como los días de vacaciones que tenga pendientes por disfrutar en ese momento.

¿Cuándo se considera que un trabajador doméstico labora por días?

Estos trabajadores son aquellos que cumplen las siguientes características (ver el artículo 2.2.1.6.4.2 del DUR 1072 de 2015):

Prestaciones sociales para los trabajadores domésticos que laboran por días

Para liquidar las prestaciones sociales de trabajadores que laboran por días se deben utilizar las mismas fórmulas que se usan para calcular las prestaciones sociales de empleados que laboran los 30 días del mes:

Concepto

Fórmula

Cesantías (artículos 249 y 253 del CST)

(Salario mensual con auxilio de transporte × días trabajados en el año) / 360 días

Intereses a las cesantías (artículo 99 de la Ley 50 de 1990)

(Cesantías recibidas × 12 % × días trabajados en el año) / 360 días

Prima de servicios (artículo 306 del CST)

(Salario mensual con auxilio de transporte × días trabajados en el semestre) / 360 días

Vacaciones (artículos 186 y siguientes del CST)

(Salario mensual sin horas extra, recargos dominicales y festivos y auxilio de transporte × días trabajados en el año) / 720 días

Con los trabajadores de servicio doméstico suele determinarse el pago de un valor por cada día de trabajo, el cual se multiplicará por el número de días laborados por el empleado durante el mes para así determinar su salario mensual.

Debe tenerse en cuenta que el valor que se paga al empleado por cada día de trabajo en 2024 no puede ser inferior a $55.955. Este valor corresponde a la suma de un día de smmlv ($43.333 en 2024; $1.300.000 / 30 días) más el descanso dominical proporcional ($7.222 en 2024; $43.333 / 6 días) y el auxilio de transporte diario ($5.400 en 2024; $162.000 / 30 días).

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¿Cómo se realizan los pagos de prestaciones sociales de un trabajador que tiene múltiples empleadores?

Los trabajadores de servicio doméstico que laboran por días tienen la posibilidad de prestar sus servicios para varios empleadores. En estos casos cada empleador debe liquidar y pagar de forma independiente al trabajador las prestaciones sociales a las que este tenga derecho por el tiempo en que le preste sus servicios.

Te invitamos a ver el siguiente video, en el que el Dr. Luis Miguel Merino profundiza acerca de la forma en que se realiza la liquidación de los trabajadores de servicio doméstico:

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«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos: 4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:
4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

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