La nueva plataforma de la Dian para declarar renta fue la conferencia que más acaparó la consulta de nuestros usuarios en nuestro programa diario Conferencias Actualícese.
Temas como la factura electrónica, declaración de renta de personas naturales por el AG 2022 y las sanciones que impone la Dian, también fueron de gran interés.
Luis Carlos Reyes, director de la DIAN, afirma que la comunidad contable es un aliado natural de la entidad. Explica que la nueva plataforma para que las personas naturales presenten su declaración de renta se lanza este jueves 21 de septiembre en horas de la noche.
Se trata de una plataforma para diligenciar el formulario 210. Las personas naturales podrán hacer su declaración de renta de forma más sencilla.
En la nueva plataforma encontrarás la declaración de renta sugerida en formato PDF, la cual podría ser enviada de esta forma. Si el contribuyente considera correcta esta opción, podrá firmarla y pagarla en el momento. Hay aspectos que anteriormente hacían que este proceso fuera lento que han sido unificados.
En esta conferencia, Hassan Taleb Arias recuerda que, la Dian está realizando visitas a los comercios y les está exigiendo que lleve su facturación de forma ágil y sencilla para el contribuyente. Por otra parte, los contribuyentes están presentando dificultades para acceder a la factura electrónica por parte de los comercios.
A las personas naturales se le motivando para que exijan la factura electrónica. Hay que recordar que al comprador no se le debe preguntar si requiere factura, debido a que expedirla y entregarla es obligatorio.
Además, se debe entregar al momento de la transacción, independiente si el usuario la solicita o no.
En esta conferencia, Rodrigo Rivera entrega una serie de consejos que se deben tener en cuenta para elaborar, de forma práctica y sencilla, la declaración de renta de personas naturales, y quede bien presenta. Afirma que no se trata de diligenciar un formulario, sino asesorar sabiamente al cliente para que este la presente de forma correcta a la Dian.
Entre el 9 de agosto y el 19 de octubre de 2023 fueron los vencimientos de los plazos para que las personas naturales y sucesiones ilíquidas, contribuyentes del régimen ordinario, presenten la declaración de renta correspondiente al año gravable 2022 conforme a los últimos dos dígitos del NIT registrado en el RUT, según la fecha específica señalada en el calendario tributario definido por el Decreto 2487 de 2022.
Es un deber constitucional el cumplimiento de nuestros deberes y obligaciones con el Estado, en ese sentido, las sanciones que la DIAN tiene establecidas frente al incumplimiento son en sí mismas una responsabilidad que tenemos que tener a la vista, entendiendo que no siempre ocurren de mala fe.
Nicolás Alviar desarrolla una conferencia enmarcada en las cinco sanciones más comunes donde cubre: Cuáles son, cuál es el hecho que la DIAN contempla como sanción, cómo se liquida y cuáles son los procedimientos de defensa.
Las cinco sanciones comunes son: sanción por extemporaneidad, sanción por corrección de declaraciones, sanción por no declarar, sanción por inexactitud, sanción por no enviar información o enviarla con errores.
Calcular de forma errónea el impuesto de renta en 2023, o presentar errores en la declaración de renta, dará lugar a la sanción por corrección. En Actualícese te ayudamos a capacitarte en este importante tema.
En esta ocasión realizamos la «Jornada de capacitación sobre la declaración de renta de personas naturales año gravable 2022».
En el siguiente video te presentamos más detalles sobre esta jornada.
Paola Rojas afirma que estamos a tiempo de ir planeando lo que se deberá tener en cuenta para declarar las ganancias ocasionales, tema que sufrió un cambio de la mano de la reforma tributaria 2022, Ley 2277 de 2022. Desde la declaración de renta del año gravable 2022 se puede sacar provecho para que el impacto en la declaración del año gravable 2023 no sea tan grande.
Cabe recordar que, las ganancias ocasionales son un tributo complementario del impuesto sobre la renta.
Las personas naturales, residentes fiscales y no residentes, que obtengan ingresos por la venta de activos fijos que hayan sido poseídos por más de dos años, por la liquidación de una sociedad, por donaciones, por porción conyugal u otros ingresos esporádicos que no provengan de las actividades económicas del contribuyente, están sujetas al impuesto a las ganancias ocasionales.
Paola Rojas, explica los conceptos básicos que deben tener en cuenta los contribuyentes que buscan una reducción en sus sanciones.
Con casos prácticos, explica los beneficios planteados por la reforma tributaria, Ley 2277 de 2022, al respecto. La reforma tributaria presenta beneficios para los omisos, inexactos, ineficaces, deudores y declaraciones sin efecto legal.
En cuanto a declaraciones ineficaces se hace referencia a que se presentó y no se pagó dentro del término de los dos meses. Los deudores son los contribuyentes que ya presentaron sus declaraciones de IVA y renta, y no ha sido pagada. Finalmente, las declaraciones sin efecto legal es la presentada en una periodicidad errada, como por ejemplo los IVA que eran bimestrales y se presentaron de forma cuatrimestral.
Jairo Orlando Villabona afirma que hablar de una reforma tributaria no es un tema de izquierda o derecha, sino de que el país cuente con impuestos progresivos y eficientes.
Dice que Colombia junto a Brasil son los líderes de desigualdad en América Latina. Entre 2014 y 2019 Colombia fue el quinto país del mundo con un coeficiente de Gini más alto en los últimos años.
Lo anterior hace que la sostenibilidad fiscal del país esté comprometida. Para él, los impuestos no contribuyen a la equidad. En Colombia existe un recaudo insuficiente, por lo que se invierten pocos recursos para los programas sociales. Además, tenemos impuestos regresivos.
Marcela Segura explica los principales cambios que presenta la reforma tributaria, Ley 2277 de 2022, y que podrían afectar el bolsillo de las personas naturales a la hora de realizar su planeación fiscal. Profundiza con una serie de casos prácticos en los impuestos de renta y al patrimonio.
Dice que muchos asalariados ya están viendo el impacto de la reforma tributaria en su retención en la fuente. Otros, seguramente, verán los cambios al final de año cuando hagan los balances de su empresa.
La idea es realizar una planeación para que los impuestos no los tomen por sorpresa. La reforma tributaria contiene una amplia lista de modificaciones que afectan la tributación en el impuesto de renta de las personas naturales.