Nuevos recursos


  Formato de arqueo de caja general con macros

Auditoría y revisoría fiscal  - 4 junio, 2026


Liquidador del componente inflacionario de los rendimientos o costos financieros

Con este liquidador del componente inflacionario del AG 2025 identificarás los rendimientos o costos financieros de una persona natural o sucesión ilíquida no obligada a llevar contabilidad.

El Ministerio de Hacienda establece cada año por decreto los porcentajes que corresponden a dicho componente.

El componente inflacionario es la parte de los rendimientos o costos financieros que corresponde al efecto de la inflación y que, por lo mismo, tiene un tratamiento especial en la declaración de renta o del SIMPLE de algunas personas naturales o sucesiones ilíquidas.

Según el proyecto de decreto publicado por el Ministerio de Hacienda el 27 de abril de 2026 para reglamentar los artículos 38, 39, 40, 40-1, 41, 81, 81-1 y 118 del ET relacionados con el componente inflacionario, se tienen los siguientes datos:

  • No constituye renta ni ganancia ocasional por el AG 2025 el 55,43 % del valor de los rendimientos financieros percibidos por personas naturales y sucesiones ilíquidas no obligadas a llevar libros de contabilidad, así como tampoco las utilidades que los fondos mutuos de inversión, fondos de inversión y fondos de valores distribuyan o abonen en cuenta a sus afiliados.
  • No constituye costo ni deducción por el AG 2025 el 28,35 % de los intereses y demás costos y gastos financieros en que hayan incurrido durante el año las personas naturales y sucesiones ilíquidas no obligadas a llevar libros de contabilidad; pero, cuando se trate de ajustes por diferencia en cambio, y de costos y gastos financieros por concepto de deudas en moneda extranjera, no constituye costo ni deducción el 100 % de estos.

La persona natural o sucesión ilíquida no obligada a llevar contabilidad al momento de declarar renta deberá utilizar para el AG 2025 el formulario 210 o el formulario 110, dependiendo de si está considerada o no como residente para efectos fiscales en Colombia.

liquidador del componente inflacionario

¿Quiénes pueden aplicar el componente inflacionario en sus declaraciones de renta o del SIMPLE?

Según el artículo 41 del ET, el componente inflacionario de rendimientos y gastos o costos financieros solo aplica para personas naturales y sucesiones ilíquidas no obligadas a llevar contabilidad.

En ese sentido, las personas naturales y sucesiones ilíquidas obligadas a llevar contabilidad, así como las personas jurídicas, no pueden aplicarlo.

¿Qué es el liquidador del componente inflacionario de los rendimientos o costos financieros?

Según los artículos 38 y 39 del ET, la parte correspondiente al componente inflacionario de los rendimientos financieros percibidos por personas naturales y sucesiones ilíquidas no obligadas a llevar contabilidad (del régimen ordinario o del SIMPLE) se puede tomar como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional. Lo anterior, siempre que provenga de las entidades mencionadas en dichos artículos.

Asimismo, según los artículos 81 y 118 del ET, la parte que corresponda al componente inflacionario de los intereses pagados a entidades financieras por personas naturales y sucesiones ilíquidas no obligadas a llevar contabilidad (del régimen ordinario) debe tomarse como un costo o un gasto no deducible en su declaración de renta.

Teniendo en cuenta lo dicho hasta aquí, te presentamos este liquidador en Excel mediante el cual podrás determinar fácilmente el componente inflacionario por el AG 2025 de los rendimientos financieros, los costos financieros pagados en moneda nacional y los costos financieros por concepto de deuda en moneda extranjera, según los porcentajes establecidos por el proyecto de decreto publicado del 27 de abril de 2026.

TAMBIÉN LEE:  Modelo de certificado de no declarante del impuesto de renta y complementario

En el siguiente video aprenderás sobre rentas de trabajo sin enredos. ¡No te lo pierdas!

Términos y condiciones

Para temas de devolución de productos virtuales adquiridos a través del portal www.actualicese.com como la suscripción, libros en formato PDF, archivos digitales en formato de Word y Excel, conferencias en línea, etc. no procede el derecho al retracto según lo establece el numeral 4 del artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, que a su tenor literal expresa:

«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos: 4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:
4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

Por tanto, los productos ofrecidos por el portal Actualícese, al ser bienes intangibles, no son susceptibles de ser devueltos por parte del usuario. 

Para descargar este producto debes tener una Suscripción o comprarlo individualmente

¿Ya eres Suscriptor?


Iniciar sesión
, , ,
Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito