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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reglas para interesados en mecanismo de Obras por Impuestos fueron modificadas


Reglas para interesados en mecanismo de Obras por Impuestos fueron modificadas
Actualizado: 15 enero, 2019 (hace 6 años)

Los interesados en acceder a este mecanismo tendrán como fecha límite para ello el 28 de febrero de 2019, en el cual podrán participar personas jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario con ingresos brutos iguales o superiores a 33.610 UVT.

El 14 de diciembre de 2018, en nuestro editorial Mecanismo de Obras por Impuestos, con cambios en el horizonte por confusión en sus trámites, analizamos los puntos más significativos del proyecto de decreto expedido por el  Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a través del cual se buscaba reglamentar el artículo 238 de la Ley 1819 de 2016. En donde adicionalmente, la entidad planteó mejoras en la implementación del mecanismo de obras por impuestos.

Al respecto, el Gobierno publicó el Decreto 2469 del 28 de diciembre de 2018, mediante el  cual se facilitan los procedimientos para ejecutar el programa “obras por impuestos”, permitiendo que los empresarios paguen parte de sus impuestos por medio de inversiones de recursos en obras desarrolladas en las Zomac.

Cabe recordar que gracias a este mecanismo, a finales del 2018 fueron aprobadas 23 iniciativas en 28 municipios de 12 departamentos, en las cuales se invirtieron aproximadamente 220.000 millones de pesos.

Sin embargo, del total de los proyectos aprobados solo se ha entregado uno (dotación para aulas escolares en Tame, Arauca), y de los que implican obras físicas, apenas uno comenzó la etapa de construcción (mejoramiento y pavimentación en Chalán, Sucre).

Diselecsa S.A. es una de las compañías vinculada a obras por impuestos. La firma, como lo publica El Espectador, asumió la pavimentación de la vía que conecta el casco urbano del municipio de Chalán con el corregimiento de La Ceiba, en Montes de María (Sucre). Sonia Gómez, gerente de la obra, afirmó que en el año anterior pocas cosas estaban definidas en el mecanismo de “obras por impuestos”, y que incluso el banco de proyectos salió después de lo previsto.

“Había muchos vacíos y dudas del sector privado en participar; no estábamos seguros de que todo se fuera a dar. Las empresas interesadas ya estaban identificadas, pero la metodología no era clara y avanzaba de manera tardía. Sucedió de manera crítica y con vacíos que hoy se están subsanando. Nosotros lo asumimos, aun así», expuso en el medio de comunicación.

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¿Qué se debe tener en cuenta a partir de ahora?

Algunos puntos y novedades que toca el Decreto 2469 de 2018 y que deberán ser tenidos en cuenta por quienes se muestren interesados en este mecanismo son:

  • El banco de proyectos para la vigencia de este año tendrá como fecha de cierre el 28 de febrero de 2019.
  • En este programa podrán participar las personas jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios cuyos ingresos brutos sean iguales o superiores a 33.610 UVT.
  • Las inversiones no se pueden relacionar con su actividad generadora de renta.
  • Los proyectos contarán con un filtro de aprobación. Las entidades encargadas de esta tarea serán: el Ministerio de Transporte, Ministerio de Educación, Ministerio del Trabajo y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF– (para proyectos de educación pública), Ministerio de Salud, Ministerio de Vivienda, Ministerio de Agricultura (obras relacionadas con agua potable, alcantarillado) y el Ministerio de Minas y Energía.
  • Los contribuyentes podrán elegir dentro de los primeros tres meses del año siguiente al año gravable, el proyecto (o proyectos) al cual decida vincular su impuesto, según la disponibilidad.

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