Actualícese.com
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Saldos a favor en las declaraciones de IVA de quienes hacen exportaciones y también ventas nacionales


Actualizado: 7 julio, 2022 (hace 2 años)

El artículo 481 del ET establece que los exportadores pueden solicitar la devolución bimestral de sus saldos a favor en IVA.

Cuando también realizan ventas gravadas por operaciones nacionales, el monto del saldo a favor para solicitar en devolución deberá considerar las reglas del artículo 489 del ET.

Este contenido solo está disponible para Suscriptores.

Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí.

Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.
Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,