Muchos trabajadores formales e informales que aun no se han pensionado, se inquietan cada vez que escuchan hablar de “Reforma Pensional”. Por ello, es un deber informar en qué consiste la idea del Gobierno y así cada uno sacará sus conclusiones.

Muchos trabajadores formales e informales que aun no se han pensionado, se inquietan cada vez que escuchan hablar de “Reforma Pensional”. Por ello, es un deber informar en qué consiste la idea del Gobierno y así cada uno sacará sus conclusiones.

La Corte Suprema de Justicia acaba de emitir una sentencia de casación donde marca una línea de interpretación de la sustitución pensional que contiene la Ley 1204 de 2008. Entre otras, que no sirve la manifestación de convivencia mediante testamento y que la voluntad no está por encima de los derechos legales.

Cuando cotizamos a pensiones a través de un Fondo Privado no importa ni la edad ni las semanas cotizadas. Lo que importa es un capital mínimo acumulado. Pero si llegamos a la edad de 57 años mujeres y 62 hombres, y aún no tenemos el capital mínimo, el Estado podría completarlo y así acceder a una pensión mínima de vejez.
