Cuenta de Cobro que NO relacione el pago efectuado a Seguridad Social, NO puede ser deducible

Por: actualicese.com
  
Publicado: 2 de marzo de 2010
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Con el Decreto 129 de 2010 por el Estado de Emergencia Social, las cuentas de cobro o facturas que presenten contratistas, deben transcribir el número de planilla con que pagaron seguridad social. Si la empresa no exige eso, el valor que pague NO podrá deducirlo.

Contenido:

  • Estado de Emergencia Social
  • Decreto 129 de 2010, artículo 2º y 3º
  • Verificación, Retención y Negación de Deducción
  • Modificación en las Cuentas de Cobro de Independientes
  • No Deducibles los pagos de honorarios que no reportaron pagos a Seguridad Social
  • Valor y obligación de seguridad social de contratistas

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Última actualización: diciembre 7, 2012 | Volver al inicio de esta sección
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