Cuando se presentan circunstancias extraordinarias, imprevistas, en la que amerita que se reúna la Junta de Socios o la Asamblea General de Accionistas bien sea para informarle de la situación o para que tomen alguna decisión, se debe convocar a Reunión Extraordinaria. Recuerde que debe ser con una antelación mÃnima de 5 dÃas hábiles y la Convocatoria debe especificar el Orden del DÃa.
Comentarios