La Ley 1610 de 2013 ha sido expedida por la cual se regulan algunos aspectos sobre las inspecciones del trabajo y los acuerdos de formalización laboral.
Las inspecciones del trabajo y seguridad social se realizarán con el fin de generar una función preventiva que garantiza el cumplimiento de los derechos laborales, coactiva o de policía administrativa para sancionar la violación de una norma de trabajo, conciliadora para intervenir en la solución de conflictos laborales, de mejoramiento normativo, y la función de acompañamiento y garante de las normas laborales (riesgos y pensiones).
Los funcionarios del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, tendrán el carácter de autoridades de policía para lo relacionado con la vigilancia y control de las inspecciones de trabajo y podrán imponer multas equivalentes al monto de 1 a 5.000 veces el salario mínimo mensual vigente SMMLV según la gravedad de la infracción. Esta multa será destinada al Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
De igual forma, los inspectores del trabajo y seguridad social podrán imponer la sanción de cierre del lugar de trabajo cuando existan condiciones que pongan en peligro la vida, la integridad y la seguridad personal de los trabajadores, la cual podrá ser de 3 a 10 días hábiles según la gravedad de la violación.
Fuente: Ámbito Jurídico
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