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Mintrabajo hace precisiones sobre afiliaciones y obligaciones de la ARL para el sector transporte


Actualizado: 28 noviembre, 2024 (hace 1 día)

La entidad entrega novedades relacionadas con las afiliaciones a la ARL para personas del sector transporte, las obligaciones de las ARL y de los empleadores en este sector.

Mediante la Circular 0069 de octubre del 2024, el Ministerio del Trabajo realizó precisiones relacionadas con las afiliaciones a la ARL para personas del sector transporte y se refirió a las obligaciones de las ARL y de los empleadores en este campo.

Atendiendo a la obligación de la Dirección General de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo de diseñar políticas para promover la seguridad y salud en el trabajo, el ministerio expidió la circular 0069 del 2024 abordando los tipos de afiliaciones a la ARL y algunas precisiones sobre el sistema de cotizaciones de ese sector.

Para desarrollar el punto relacionado con las afiliaciones, el Ministerio del Trabajo resaltó lo establecido en el Decreto 1563 de 2016, enfatizando sobre las diversas modalidades de vinculación a la ARL aplicables al sector transporte para garantizar la seguridad de las personas que allí trabajan.

Al respecto, se debe destacar que hay tres posibilidades para realizar la vinculación: (I) cuando existe una relación laboral del conductor con la empresa y la afiliación la debe hacer el empleador, (II) cuando el conductor trabaja por prestación de servicios y el pago de aportes debe realizarse mediante la planilla tipo “Y” para independientes y (III) cuando el conductor trabaja por cuenta propia y debe aportar mediante la planilla tipo “I”.

Ahora bien, respecto al segundo tema que se aborda en la circular, el Ministerio del Trabajo retoma ideas sobre las diferencias entre la afiliación y la cotización al sistema de seguridad social, así como sobre las obligaciones de la ARL y de los empleadores y dueños de vehículos.

En este sentido, las ARL deben garantizar a los afiliados la prestación de servicios de salud y el reconocimiento de prestaciones, así como fomentar estilos de vida saludable, investigar los accidentes de trabajo, etcétera.

Finalmente, por su parte, los empleadores y dueños de vehículos tienen como obligaciones, entre otras, la de informar a los trabajadores sobre los peligros a los que están expuestos, verificar que el vehículo se encuentre en buenas condiciones y la de verificar que los conductores se hidraten y descansen.

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