Actuación del revisor fiscal ante un aumento de las cuentas por cobrar


Actuación del revisor fiscal ante un aumento de las cuentas por cobrar
Actualizado: 4 julio, 2023 (hace 10 meses)

El revisor fiscal debe realizar las evaluaciones pertinentes sobre el impacto y la materialidad que producen las razones financieras.

El Dr. Freddy Cedeño analiza si existe una norma que establezca el procedimiento a aplicar por el revisor fiscal en su informe respecto a las cuentas por cobrar.

En una empresa que efectúa ventas a crédito se han incrementado los saldos de cuentas por cobrar a clientes, pasando de una rotación de 45 a 90 días. ¿Existe una norma que establezca o contemple el procedimiento o pronunciamiento a aplicar por el revisor fiscal en su informe?

El Dr. Freddy Cedeño responde esta inquietud en el siguiente video.

Como nos explica Cedeño, las normas que rigen el ejercicio de la auditoría y revisoría fiscal en Colombia no son tan explícitas en expresar el procedimiento que se debe aplicar para determinados casos. Estas constituyen los lineamientos generales para efectos de la planeación y establecimiento de recomendaciones en la auditoría.

Por eso, el enfoque de esta respuesta debe analizarse desde el impacto que tiene para la empresa auditada el incremento del saldo de cuentas por cobrar que pasan de una rotación de 45 a 90 días, lo cual afecta su liquidez. Entonces, podemos analizar, inicialmente, lo establecido por la norma frente a la hipótesis de negocio en marcha.

El anexo 5 del DUR 2420 DE 2015 establece la siguiente definición de hipótesis de negocio en marcha:

La hipótesis de negocio en marcha es un principio fundamental para la preparación de los estados financieros de propósito general de una entidad. Bajo este principio, se considera que una entidad cuenta con la capacidad de continuar sus operaciones durante un futuro predecible, sin necesidad de ser liquidada o de cesar en sus operaciones y, por lo tanto, sus activos y pasivos son reconocidos sobre la base de que los activos serán realizados y los pasivos cancelados en el curso normal de las operaciones comerciales.

Una consideración especial de la hipótesis de negocio en marcha es que la entidad tiene los recursos necesarios para cumplir con sus obligaciones cuando ellas sean exigibles en el futuro predecible.

    (El subrayado es nuestro).

El anexo también incluye ciertos parámetros financieros que se pueden considerar como los criterios para evaluar la hipótesis de negocio en marcha, entre los que se encuentran:

  • Posición patrimonial neta negativa o capital de trabajo negativo.
  • Préstamos a plazo fijo próximos a su vencimiento sin perspectivas realistas de reembolso o renovación; o dependencia excesiva de préstamos a corto plazo para financiar activos a largo plazo.
  • Indicios de retirada de apoyo financiero por los acreedores.
  • Flujos de efectivo de explotación negativos en estados financieros históricos o prospectivos.
  • Razones financieras claves desfavorables.

(…)

    (El subrayado es nuestro).

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Vemos que se destacan las razones financieras clave desfavorables como uno de los factores específicos que, individual o colectivamente, pueden generar dudas significativas sobre la presunción de negocio en marcha.

Así las cosas, si una empresa pasa de una rotación de cartera de 45 a 90 días y la política contable tenía definida una rotación de 45 días, se está incumpliendo la política contable. Por consiguiente, el revisor fiscal debe evaluar el flujo de efectivo al encontrarse frente a un capital de trabajo neto negativo que afecta los beneficios económicos de la empresa.

Por otra parte, la NIA 570 establece la definición de incertidumbre importante:  

(…) Existe una incertidumbre material cuando la magnitud de su impacto potencial y la probabilidad de que ocurra son tales que, a juicio del auditor, es necesaria una adecuada revelación de información sobre la naturaleza y las implicaciones de la incertidumbre para:

  1. La presentación fiel de los estados financieros, en el caso de un marco de información financiera de imagen fiel o
  2. Que los estados financieros no induzcan a error, en el caso de un marco de cumplimiento.

Si el auditor de una entidad conoce que esta tiene debilidades financieras y problemas de liquidez, y no preparó sus estados financieros con base en el cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha, puede afectar a los inversionistas por no comunicar la incertidumbre en la que se encontraba la entidad auditada.

En conclusión, resolviendo la inquietud planteada inicialmente, el Dr. Freddy Cedeño reafirma que no existe una norma que establezca o contemple un procedimiento a aplicar por el revisor fiscal cuando la empresa efectúa ventas a crédito y sus cuentas por cobrar pasan de una rotación de 45 a 90 días.

Sin embargo, sí existen lineamientos en el desarrollo del trabajo del auditor y el revisor fiscal que implican efectuar evaluaciones sobre el impacto y la materialidad que produce en los estados financieros ese cambio de rotación de cartera.

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