La información exógena es la información que deben presentar las personas naturales y jurídicas que durante el año gravable 2023 hayan realizado pagos, retenciones o abonos en favor de terceros.
Esta información se presenta a la Dian con el fin de facilitar el control fiscal, por lo que es importante estar al tanto de las nuevas resoluciones reglamentarias.
En esta conferencia, María Del Pilar Duitama recuerda que con la Resolución 001255 del 2022, la Dian solicitó la información exógena del año gravable 2023.
De igual forma, define las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar la información exógena por el año gravable 2023, según lo dispuesto en los artículos 623 al 631-3 del ET, el artículo 2.8.4.3.1.2 del Decreto Único 1068 de mayo de 2015 y el artículo 58 de la Ley 863 de 2003.
El aspecto más significativo para tener en cuenta en la Resolución 000162 de 2023, es que aplicará para la información exógena del año gravable 2024 que se entregará a comienzos del año 2025., lo que quiere decir, que no deber ser tomada en ningún caso para el año gravable 2023.
Adicionalmente, se esperan más de 24 cambios significativos para el año gravable 2025, partiendo desde la forma de plantear tarifas en UVT.
A continuación. el consejo:
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La Resolución 001255 del 2022, establece los sujetos obligados a suministrar a la DIAN información exógena tributaria por el año gravable 2023, por esto, es considerado base para la información exógena del 2023, en la cual presenta pocos cambios, principalmente en conceptos, puesto que, se mantienen topes de ingresos brutos y grupos para la obligación de reportar.
La Resolución 1255 del 2022, plasma que el formato1004 en su versión 8, esta vez eliminó el concepto 8335 nombrado, descuento tributario por donaciones tendientes a lograr la inmunización de la población colombiana frente al COVID-19 y cualquier otra pandemia.
Aquí los detalles:
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El formato 1007 versión 9 con el detalle de los ingresos propios obtenidos durante el año, indica que se usará por primera vez el nuevo concepto 4018 para reportar el valor del ingreso por diferencia en cambio, pero dejando en claro que dicho valor solo se reporta con el NIT del informante.
De la siguiente manera:
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Respecto a la información exógena del año gravable 2023, el formato 1011 presenta las siguientes modificaciones:
Inclusión de nuevos conceptos:
Eliminación de conceptos:
Es importante destacar que el concepto 8170 se ha eliminado, pero se ha creado el nuevo concepto 8426 con la misma descripción.
A continuación, los detalles:
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La nueva versión del formato 1032, en la columna para reportar el código de los actos y negocios sujetos a registro, esta vez tendrá capacidad para reportar códigos de hasta 8 dígitos, recordando que en las resoluciones anteriores se usaban los códigos de solo 4 dígitos.
El reporte de información exógena en los notarios sobre las operaciones por ventas de bienes y derechos realizados dentro de la notaría se plasmó hacer en el formato 1032 versión 10, pero según los anexos de la resolución, se hará en el 1032 versión 11.
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María Del Pilar Duitama Jiménez
Es contadora pública conocida en las redes sociales como Miss Pili, fundadora y líder de investigación y capacitación de la Escuela de Formación y Enseñanza Contable Confiar, gerente general de Confiar Asesorías Contables y Tributarias, oficial de cumplimiento. Especialista en derecho tributario.