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[Conferencia] Reuniones ordinarias de juntas de socios y asambleas de accionistas


Actualizado: 28 febrero, 2024 (hace 9 meses)

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En esta conferencia, Miguel Santiago Pantoja enumera una serie de recomendaciones para realizar las reuniones ordinarias de juntas de socios y asambleas de accionistas.

Describe los puntos a tener en cuenta por parte de las sociedades que aparecen en el Código de Comercio y para las sociedades por acciones simplificadas –SAS, para estas últimas las reuniones ordinarias tienen un tratamiento diferencial frente a las primeras.

Las reuniones ordinarias se deben reunir por lo menos una vez al año en la época fijada en los estatutos. La asamblea de accionistas podrá reunirse en el domicilio principal o fuera de él, aunque no esté presente un quórum universal, siempre y cuando se cumplan los requisitos de quórum y convocatoria previstos.

Frente a la convocatoria, esta la debe hacer según lo establecido en los estatutos, en los cuales por regla general le corresponde al representante legal. En cuando a los medios para convocar, se usa el mecanismo de comunicación previsto en los estatutos: correo, mensaje de datos, cartelera, etc.

Acerca del conferencista

Miguel Santiago Pantoja

Es Abogado con énfasis en Derecho Privado. Cuenta con amplia experiencia en el Derecho de la Empresa y Asuntos Corporativos. Especialista en Derecho Comercial y Magíster en Derecho. Miembro del Grupo de Estudios de Derecho Tributario y del Colegio de Abogados Comercialistas del Valle del Cauca. Socio y Director Jurídico de la Firma Pantoja León Abogados & Contadores.

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