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  Guía de referencia contable y tributaria 2025

Cartillas Prácticas  - 3 febrero, 2025

Guía de referencia contable y tributaria 2025
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Modelo de convocatoria extraordinaria a asamblea de accionistas o junta de socios


convocatoria extraordinaria

En las sociedades comerciales, cuando se requiera tratar un caso urgente, puede realizarse una convocatoria extraordinaria a asamblea de accionistas o junta de socios.

Aquí te presentamos un modelo en Word totalmente editable con el que podrás realizar esta labor.

En una sociedad comercial se pueden convocar reuniones extraordinarias de asamblea de accionistas o junta de socios, dicha facultad la tienen la junta directiva, el representante legal o el revisor fiscal.

Convocatoria extraordinaria a asamblea de accionistas

En caso de que un superintendente desee adelantar una convocatoria extraordinaria a asamblea de accionistas, podrá hacerlo directamente en alguno de los casos descritos en el artículo 423 del Código de Comercio, los cuales son:

Artículo 423. Reuniones extraordinarias de la asamblea general de accionistas.

(…)

1) Cuando no se hubiere reunido en las oportunidades señaladas por la ley o por los estatutos;

2) Cuando se hubieren cometido irregularidades graves en la administración que deban ser conocidas o subsanadas por la asamblea, y

3) Por solicitud del número plural de accionistas determinado en los estatutos y, a falta de esta fijación, por el que represente no menos de la quinta parte de las acciones suscritas.

Atendiendo lo anterior, una convocatoria extraordinaria a asamblea de accionistas o junta de socios tiene lugar cuando se presenten situaciones imprevistas o urgentes que salen de la potestad de administradores (gerentes o junta directiva), y es necesario tomar decisiones que solo pueden ser discutidas por el máximo órgano social.

Además, si dicha urgencia no da tiempo para hacer una convocatoria con una antelación de quince (15) días hábiles previos, la convocatoria podrá tener una antelación de mínimo cinco (5) días calendario (ver el artículo 424 del Código de Comercio).

Las reglas de convocatoria a la reunión del máximo órgano social, de manera general, son las siguientes:

  • Únicamente pueden convocar a las reuniones de la asamblea general de accionistas o de la junta de socios las personas facultadas legalmente para ello, es decir administradores, revisor fiscal o, según el artículo 87 de la Ley 222 de 1995, la Supersociedades.
  • El medio para convocar será el que se pacte en los estatutos y a falta de este, mediante aviso publicado en un diario de circulación en el domicilio principal de la sociedad.
  • La convocatoria deberá indicar el nombre de la sociedad, el órgano que convoca, la fecha, hora y lugar de la reunión, la modalidad (presencial, no presencial o mixta), y demás requisitos enunciados en la Circular Externa 100-000005 de 2017 de la Supersociedades.
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De cualquier modo, en una convocatoria para «reunión no ordinaria» se debe especificar, de manera obligatoria, que el carácter de la asamblea o junta es extraordinario, y detallarse los puntos a tratar.

En el siguiente video resolvemos el interrogante ¿Quiénes convocan a las asambleas ordinarias y extraordinarias?

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