Dian: hoy vence el plazo para implementar límite de 5 UVT para expedición de tiquete POS


Dian: hoy vence el plazo para implementar límite de 5 UVT para expedición de tiquete POS
Actualizado: 1 junio, 2023 (hace 10 meses)

Son obligados a facturar electrónicamente las personas jurídicas, los responsables de IVA y de INC, las personas naturales que superen ingresos brutos de 3500 UVT y los contribuyentes inscritos en el SIMPLE. 

Hoy 2 de junio de 2023 vence el plazo para que los facturadores electrónicos implementen el límite de 5 Unidades de Valor Tributario (UVT), esto es $212.060 antes de impuestos para la vigencia 2023, como monto máximo para la expedición de documentos equivalentes generados por máquina registradora con sistema POS, por cada operación de venta de un bien o prestación de un servicio.

Esto indica que el último grupo del calendario establecido en la Resolución 1092 del 1 de julio de 2022, es decir, los demás sujetos que no tengan ninguna de las calidades mencionadas en los vencimientos del 1 de febrero, 1 de abril y 1 de mayo, que usen el tiquete de máquina registradora con sistema POS, no deben expedirlo si la venta supera los $212.060 y en su lugar, deberán expedir factura electrónica en todos los casos o cuando el adquirente la exija, cuando los valores sean inferiores a la suma mencionada.

Los responsables de facturar deben tener en cuenta que, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Tributario, los obligados a facturar electrónicamente que no cumplan con los requisitos de facturación electrónica, pueden enfrentar sanciones como el cierre del establecimiento por 3 días, o sanción pecuniaria equivalente al 5% de los ingresos operacionales obtenidos en el mes anterior a la fecha en la que incurrió el hecho sancionable.

Cabe recordar que, son obligados a facturar electrónicamente: las personas jurídicas, los responsables de IVA y de Impuesto Nacional al Consumo, las personas naturales que superen ingresos brutos de 3500 UVT ($133.014.000 año 2022, $148.442.000 año 2023) y los contribuyentes inscritos en el RST. 

Fuente: Dian.

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