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Factura del impuesto de renta con información incorrecta: ¿qué hacer?


Responde conferencista: Diego Guevara Madrid.

Si a una persona natural la reportan mal en los reportes de exógena, y en realidad no está obligada a declarar renta, pero la Dian le elabora la liquidación oficial del impuesto mediante el mecanismo de “facturación del impuesto de renta”, ¿dicha persona queda obligada a presentar su declaración privada para poder desvirtuar esa liquidación oficial?

Pregunta resuelta 11 de agosto de 2022.

El Dr. Diego Guevara Madrid explica el mecanismo de facturación del impuesto de renta para personas naturales, el cual está regulado en el artículo 616-5 del Estatuto Tributario, creado con el artículo 14 de la Ley 2155 de septiembre de 2021 e indica que esta será realizada por la Dian de acuerdo con la información exógena recibida; sin embargo, en muchas ocasiones la información exógena contiene datos erróneos.

En los casos en que se realiza una liquidación oficial del impuesto de renta errónea por los datos contenidos en la información exógena, el contribuyente deberá presentar la declaración de renta para desvirtuarla según lo dispuesto en el artículo 9 de la Resolución 1212 de 2022:

Artículo 9. Procedimiento en caso de no estar de acuerdo con la factura del impuesto sobre la renta y complementarios. Después de notificada la factura y antes de que esta adquiera firmeza, en los casos en que el contribuyente no esté de acuerdo con los valores determinados en la factura del impuesto sobre la renta y complementarios, deberá acceder a los sistemas informáticos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –Dian y, a través del servicio de diligenciamiento, presentar la declaración de este impuesto incluyendo allí los valores que correspondan a su realidad jurídica, económica y financiera para la correspondiente vigencia fiscal. Para ello, el contribuyente deberá seguir los procedimientos establecidos para la presentación virtual de declaraciones tributarias.

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