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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Oficio 220-002750 del 13-01-2022


Actualizado: 13 enero, 2022 (hace 3 años)

Superintendencia de Sociedades
Oficio 220-002750

Enero 13 de 2022

En el Oficio 220-002750 del 13 de enero de 2022 se indicó que el embargo no significa perder la propiedad de sus cuotas sociales, ya que es una medida mediante la cual la autoridad judicial limita su propiedad respecto a la libertad de enajenación.

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