Responde conferencista: Diego Guevara Madrid.
¿Es necesario cambiar la dirección seccional del RUT cuando un contribuyente traslada su negocio a otro departamento (por ejemplo, estaba ubicado en el Huila y se trasladó al Meta)?
Pregunta resuelta 27 de octubre de 2022
En el siguiente video, el conferencista Diego Guevara Madrid, líder de investigación tributaria de Actualícese, indica que cuando alguien hace un cambio de ubicación física de su domicilio, se debe cambiar el código de la casilla 12 de la primera página del RUT si la persona se trasladó de departamento, dado que la Dian cuenta con varias seccionales de impuestos y se debe tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución Dian 000064 de agosto 9 de 2021, además del artículo 4 de la Resolución 000065 de agosto de 2021, que contiene los códigos de administraciones tributarias y menciona los municipios vigilados por cada administración tributaria.
El conferencista expresa que cuando alguien cambia de dirección y termina llegando a otro departamento deberá actualizar el RUT y digitar las casillas 39 hasta 41 donde está la dirección, el código del departamento y el código del municipio, e inmediatamente la casilla 12 del RUT, que asignaría de forma automática la nueva dirección de la administración de impuestos que vigilará las obligaciones que se comiencen a presentar a partir de la actualización del RUT.
Por otro lado, cuando el contribuyente presente declaraciones que todavía se encuentran abiertas, estas serán revisadas por la anterior administración de impuestos donde estaba ubicado el contribuyente; así, cuando se realicen correcciones a dicha declaración, se deberá informar del código de la dirección anterior del contribuyente.