Actualícese.com

Nuevos recursos


Dian establece procedimiento para cancelar de oficio el RUT por inactividad tributaria


Dian busca depurar la información consignada en el RUT, que presenta distorsiones por la inactividad prolongada de algunos inscritos, optimizando los procesos de control, fiscalización y cobranza.

Mediante la Resolución 000217 del 3 de junio de 2025, la Dian precisó los requisitos, condiciones y el procedimiento para la cancelación de oficio de la inscripción en el Registro Único Tributario -RUT- por inactividad tributaria.

De conformidad con la parte motiva de la resolución, esta medida busca depurar la información consignada en el RUT, que presenta distorsiones por la inactividad prolongada de algunos inscritos, optimizando así los procesos de control, fiscalización y cobranza a cargo de la entidad.

Para ello, en la Resolución la Dian se refirió a: (I) las causales concurrentes que configuran la inactividad tributaria, (II) el listado de sujetos y entidades que serán excluidos del procedimiento y (III) el procedimiento interno para la cancelación y el mecanismo para la posterior reactivación del registro.

Respecto al primer punto, se verificará que en los 5 años anteriores el contribuyente no hubiera presentado actualizaciones a su RUT, radicado declaraciones tributarias, efectuado pagos, solicitado autorizaciones para facturar, emitido o recibido documentos como facturas o nómina, entre otros.

Adicionalmente, al momento de la verificación, el sujeto no podrá tener obligaciones de pago pendientes con la Dian, ni podrá tener procesos administrativos o judiciales en curso.

En segundo lugar, la normativa protege a ciertos inscritos de la cancelación para no afectar su operatividad, por lo que no serán objeto del procedimiento, entre otros, las sociedades extranjeras, inversionistas extranjeros y los organismos de acción comunal.

Finalmente, el procedimiento se divide en tres etapas: identificación de los sujetos, expedición y notificación del acto administrativo, e informe sobre los actos. La fase de identificación implica una verificación coordinada de datos entre las áreas de Tecnología, Jurídica, Cobranzas y Fiscalización para consolidar el listado final de los inscritos a cancelar.

Únete a nuestro canal de WhatsApp aquí para que estés al día con todas las noticias.

Suscríbete aquí al boletín ACTUALÍCESE, a nuestro canal X (antes Twitter) y @actualicesevideo en YouTube, y recibe todas las claves informativas de la actualidad tributaria y contable en Colombia.

Conoce nuestro canal de Tik Tok y navega en medio de videos para que despejes dudas y te superes a nivel profesional.

Para ver los últimos reels, historias, videos y carruseles con información relevante y útil de la profesión, ingresa ya y suscríbete a nuestro Instagram.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,